B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 50

profesional con atribución docente de la especialidad por la que se opta. Los
contenidos de la unidad didáctica/ de trabajo deberán estar relacionados con
los criterios de evaluación asociados y por lo tanto con los resultados de
aprendizaje. Asimismo, se determinarán los sistemas de evaluación, de calificación a partir de los criterios de evaluación y de recuperación.
En todos los cuerpos, además, se deberán concretar las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, la selección y uso de los
recursos didácticos y los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación que se proponen, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación. Asimismo, incluirá también
un apartado de evaluación de la propia práctica docente y, en su caso, la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, conforme a
los principios del Diseño Universal del Aprendizaje.
— Exposición.
El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral
de la programación didáctica, la exposición de la Unidad didáctica/de Trabajo/Situación de Aprendizaje y el posterior debate ante el tribunal.
La exposición se realizará en sesión pública en las condiciones que determine
el tribunal.
Para la exposición se podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, sin contenido curricular, es decir, que no contenga, registre o haga referencia a las competencias, resultados de aprendizaje, objetivos, contenidos/saberes básicos, metodología, criterios de evaluación y/o estándares de
aprendizaje, o en su caso, competencias específicas. Este material tendrá que
ser aportado por el aspirante.
Igualmente, para su exposición y defensa, podrá utilizar los medios informáticos y audiovisuales que considere oportunos tales como ordenador, tablet,
proyector… incluida la conexión a internet. En todo caso, en aras de garantizar la igualdad de acceso y funcionamiento de los medios informáticos y audiovisuales deberá aportarlos él mismo.
En todo caso, los órganos de selección velarán por que dicho material auxiliar
no implique una desigualdad de trato en el desarrollo de esta parte del procedimiento selectivo.
Asimismo, únicamente para la exposición de la unidad didáctica, podrá utilizar un guión o equivalente, tamaño DIN A4, que no excederá de una página
por una cara, que será mostrado inicialmente al tribunal para verificar que
cumple los requisitos expuestos en este apartado y entregado al tribunal al término de la exposición, formando parte de los instrumentos de evaluación.
El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de veinte minutos, y a continuación realizará la exposición de la Unidad didáctica/de trabajo/ Situación de Aprendizaje, que no excederá de treinta minutos. La duración del debate no podrá
exceder de diez minutos.
Además, el aspirante dispondrá de hasta diez minutos, antes del inicio de la
exposición, en el caso de que desee utilizar medios informáticos, audiovisuales y en su caso red de internet, a los efectos de establecer las conexiones
oportunas.
El tribunal ajustará sus actuaciones y criterios de valoración a lo dispuesto en
el Anexo VIII.
Calificación total de la Segunda Prueba.
La calificación total de la Segunda Prueba (prueba de aptitud pedagógica)
será de 0 a 10 puntos, siendo esta el resultado de sumar las calificaciones
correspondientes a las dos partes de las que consta (A y B) ponderadas del
siguiente modo:
— Parte A: Presentación de una programación didáctica: La calificación
ponderada de esta parte se calculará multiplicando la calificación obtenida en la Parte A por 0,3.
— Parte B: Preparación y exposición de una Unidad didáctica/Situación de
Aprendizaje ante el tribunal: La calificación ponderada de esta parte se
calculará multiplicando la calificación obtenida en la Parte B por 0,7.

BOCM-20250228-17

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