B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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B.O.C.M. Núm. 50

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025

En el supuesto de que la entrega telemática no fuera posible por incidencias
técnicas, no atribuibles al aspirante, la Dirección General de Recursos Humanos establecerá las medidas oportunas para facilitar la presentación.
El acto de entrega de programación en formato papel será la única actuación
susceptible de ser realizada por medio de representante, siempre y cuando el
aspirante haya otorgado legalmente la representación.
Las personas que no hubieran presentado la programación didáctica en la forma
y plazo fijado, decaerán del proceso selectivo y perderán todos los derechos derivados del mismo.
— Defensa.
La programación didáctica será defendida oralmente ante el tribunal conjuntamente con la parte B de la prueba (unidad didáctica).
En las especialidades de idiomas, la programación será defendida íntegramente en el idioma correspondiente.
b) Parte B.—Preparación y exposición oral de una Unidad didáctica/ de Trabajo/Situación de Aprendizaje ante el tribunal.
— Preparación.
El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la Unidad didáctica/de
Trabajo/Situación de Aprendizaje, pudiendo utilizar el material auxiliar que considere oportuno, sin posibilidad de comunicación del aspirante con el exterior,
por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de dicha comunicación. Los tribunales vigilarán el cumplimiento de este requisito.
La preparación y exposición oral ante el tribunal de una Unidad didáctica/de
trabajo/Situación de Aprendizaje, podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la
especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la Unidad
didáctica/de trabajo/Situación de Aprendizaje de entre tres extraídas al azar
por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante
elegirá el contenido de la Unidad didáctica/de trabajo/ Situación de Aprendizaje de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
En el supuesto de que la calificación obtenida en la Parte A (Presentación de
una programación didáctica) fuese de 0 puntos, bien porque no sea de elaboración propia o porque no cuente con el número mínimo de 12 Unidades didácticas/de trabajo/Situaciones de aprendizaje deberá realizar esta parte obligatoriamente a partir del temario oficial de la especialidad.
La Unidad didáctica/ de trabajo/ Situación de aprendizaje deberá estar contextualizada y partir de la premisa de un contexto competencial, debiendo, en su
elaboración, concretar, al menos, los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos/saberes básicos, las actividades de enseñanza y
aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación, todo ello en consonancia con los criterios de valoración expuestos en el
anexo VIII de esta Resolución.
En el caso de los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria, la Unidad didáctica/ de trabajo/ Situación de aprendizaje podrá estar referida a la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria, al Bachillerato
o a los ciclos formativos de Formación Profesional.
En las enseñanzas de Secundaria o de Bachillerato deberá estar contextualizada y partir de la premisa de un contexto competencial, debiendo en su elaboración concretar los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus
contenidos/saberes básicos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se
van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación, y en su caso,
descriptores operativos de las competencias específicas, estableciendo su secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar.
En las especialidades de Orientación Educativa y de Servicios a la Comunidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, las personas aspirantes podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un Equipo de
Orientación Educativa y Psicopedagógica o en un Centro escolar.
En las especialidades que impartan docencia en Formación Profesional la
Unidad Didáctica/ de trabajo deberá formar parte de un módulo de un título

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BOCM-20250228-17

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