C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250222-1)
Convenio colectivo – Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa FCC Medio Ambiente, SAU, Sección de Recogida de Basuras y Limpieza Viaria de Pozuelo de Alarcón (Código número 28100601012015)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 10
SÁBADO 22 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 45
En el caso de no contar con quorum suficiente para poder crear dos bolsas diferenciadas por razón
de sexo, se adjudicarán las plazas mediante la creación de una única bolsa.
En caso de que el resultado del examen iguale a dos o más trabajadores, la plaza se adjudicará al
más antiguo en la Empresa.
Las pruebas de ascenso a provisión de vacantes serán:
-
De antigüedad en la contrata (50 puntos).
-
De conocimientos práctico-profesionales (40 puntos).
-
De méritos profesionales (10 puntos).
Siendo el resultado de la puntuación la media de las tres pruebas y expuestas claramente a los
miembros del Comité de Empresa así como la persona trabajadora que individualmente lo solicitase.
Para la realización de las pruebas estarán presentes dos miembros del comité de empresa.
No obstante, la empresa creará una lista anual para cubrir las incidencias del servicio respetando
rigurosamente el orden de las mismas.
En los casos en los que se necesiten trabajadores para realizar funciones de conductor para la
realización de servicios diarios, la Empresa cubrirá tales necesidades con los operarios (con el carné
de conducir adecuado) abonándoles la diferencia de cantidades que por todos los conceptos
corresponden a las funciones de conductor.
ART. 18º.- Plazas vacantes
La empresa cubrirá todas las bajas definitivas que se produzcan en la plantilla con personal de la
misma siempre que necesite cubrir las mismas definitivamente en un periodo máximo de 30 días
desde que se produzca la vacante
Cinco de cada diez vacantes fijas en la categoría de peón serán cubiertas mediante contratación fija
de personal procedente de los colectivos de fines de semana, con 6 meses de antigüedad.
CAPITULO IV
CONDICIONES ECONOMICAS
ART. 19º.- Salario Base
El salario base del personal a tiempo completo afecto al presente Convenio es el que se determina
para cada función en la tabla Anexa, por 335 días.
ART. 20º.- Pagas extraordinarias
Las fechas de pago de las pagas extraordinarias serán las siguientes:
- Paga de Verano
: 20 de junio
- Paga de Diciembre
: 15 de diciembre
- Paga de Beneficios
: 15 de marzo del año siguiente a su devengo.
- Paga de San Martín de Porres
: 20 de octubre
El importe bruto de cada una de las citadas pagas será el que se indica en la Tabla Salarial para
cada función, más el complemento personal de antigüedad correspondiente a 30 días en las de julio
y diciembre, 15 días en la de beneficios y 10 días en la de San Martín de Porres.
- Paga de Verano
: de 1 de enero al 30 de junio
- Paga de Navidad
: del 1 de julio al 31 de diciembre
- Paga de Beneficios
: del 1 de enero al 31 de diciembre
- Paga de San Martín de Porres : del 1 de noviembre al 31 de octubre.
La paga de San Martín de Porres para el administrativo quedará prorrateada entre el resto de pagas
y mensualidades.
BOCM-20250222-1
Devengos: Todas las pagas extraordinarias se devengarán día a día en los períodos que a
continuación se indican:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 10
SÁBADO 22 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 45
En el caso de no contar con quorum suficiente para poder crear dos bolsas diferenciadas por razón
de sexo, se adjudicarán las plazas mediante la creación de una única bolsa.
En caso de que el resultado del examen iguale a dos o más trabajadores, la plaza se adjudicará al
más antiguo en la Empresa.
Las pruebas de ascenso a provisión de vacantes serán:
-
De antigüedad en la contrata (50 puntos).
-
De conocimientos práctico-profesionales (40 puntos).
-
De méritos profesionales (10 puntos).
Siendo el resultado de la puntuación la media de las tres pruebas y expuestas claramente a los
miembros del Comité de Empresa así como la persona trabajadora que individualmente lo solicitase.
Para la realización de las pruebas estarán presentes dos miembros del comité de empresa.
No obstante, la empresa creará una lista anual para cubrir las incidencias del servicio respetando
rigurosamente el orden de las mismas.
En los casos en los que se necesiten trabajadores para realizar funciones de conductor para la
realización de servicios diarios, la Empresa cubrirá tales necesidades con los operarios (con el carné
de conducir adecuado) abonándoles la diferencia de cantidades que por todos los conceptos
corresponden a las funciones de conductor.
ART. 18º.- Plazas vacantes
La empresa cubrirá todas las bajas definitivas que se produzcan en la plantilla con personal de la
misma siempre que necesite cubrir las mismas definitivamente en un periodo máximo de 30 días
desde que se produzca la vacante
Cinco de cada diez vacantes fijas en la categoría de peón serán cubiertas mediante contratación fija
de personal procedente de los colectivos de fines de semana, con 6 meses de antigüedad.
CAPITULO IV
CONDICIONES ECONOMICAS
ART. 19º.- Salario Base
El salario base del personal a tiempo completo afecto al presente Convenio es el que se determina
para cada función en la tabla Anexa, por 335 días.
ART. 20º.- Pagas extraordinarias
Las fechas de pago de las pagas extraordinarias serán las siguientes:
- Paga de Verano
: 20 de junio
- Paga de Diciembre
: 15 de diciembre
- Paga de Beneficios
: 15 de marzo del año siguiente a su devengo.
- Paga de San Martín de Porres
: 20 de octubre
El importe bruto de cada una de las citadas pagas será el que se indica en la Tabla Salarial para
cada función, más el complemento personal de antigüedad correspondiente a 30 días en las de julio
y diciembre, 15 días en la de beneficios y 10 días en la de San Martín de Porres.
- Paga de Verano
: de 1 de enero al 30 de junio
- Paga de Navidad
: del 1 de julio al 31 de diciembre
- Paga de Beneficios
: del 1 de enero al 31 de diciembre
- Paga de San Martín de Porres : del 1 de noviembre al 31 de octubre.
La paga de San Martín de Porres para el administrativo quedará prorrateada entre el resto de pagas
y mensualidades.
BOCM-20250222-1
Devengos: Todas las pagas extraordinarias se devengarán día a día en los períodos que a
continuación se indican: