B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - Planifica Madrid. Proyectos y Obras, M. P., S. A. (BOCM-20250221-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Acuerdo de 10 de febrero de 2025, del Consejero-Delegado de Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema de concurso-oposición, a 6 plazas de carácter laboral indefinidos de Letrados de la categoría profesional de Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área A), de la empresa pública de la Comunidad de Madrid, Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 44

10.2. La calificación final de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en las dos fases del
proceso selectivo, correspondiendo a la fase de oposición el 55 por 100 y a la fase de concurso el 45 por 100 del total, no pudiendo el tribunal proponer el acceso a la condición de personal laboral indefinido a un número superior de aprobados que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente.
10.3. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
a) Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, tal y como recoge el artículo 18.1 del Decreto 54/2006, de 22 de junio del Consejo de Gobierno, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad de Madrid.
De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de
prelación generales que se relacionan a continuación.
b) Mayor puntuación obtenida en la oposición, en el siguiente orden: .
1) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
2) Mayor puntuación en el primer ejercicio.
c) Mayor puntuación en la fase de concurso.
d) De continuar el empate, se deshará mediante la celebración de un sorteo público,
por parte del Tribunal, que se anunciará con la suficiente antelación.
10.4. De conformidad con los apartados anteriores, las calificaciones finales de los
aspirantes se ordenarán de forma decreciente.
Undécima
Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos
11.1. El Tribunal Calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
b) Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.
c) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase oposición y la puntuación correspondiente a la fase de concurso.
d) Calificación final.
11.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en la base
decimocuarta, apartados 14.6 a 14.10 de la Orden 913/2019.
11.3. La acreditación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos a través de la plataforma habilitada al efecto.
Duodécima

12.1. Concluido el proceso selectivo, para quienes lo hubieran superado y acrediten
el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se procederá por parte de la
Planifica Madrid, a hacer pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda,
mediante Acuerdo de la entidad que será objeto de debida publicación en la página web de
Planifica Madrid y, si fuera procedente, en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 913/2019.
12.2. Por las Áreas responsables de personal de Planifica Madrid, se procederá a la
formalización de los contratos en el plazo de un mes, con quienes hayan resultado adjudicatarios, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de
aquellos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración
de actividades en el sector público.

BOCM-20250221-2

Adjudicación de destinos y formalización de contratos