C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250221-26)
Bases ayudas –  Orden 373/2025, de 10 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) para el desarrollo de proyectos de ecodiseño y el fomento de la economía circular en la Comunidad de Madrid
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BOCM

VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 44

III
Estas ayudas están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior 2024-2027, aprobado por la Orden 396/2024,
de 2 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027.
Estas bases reguladoras se han elaborado atendiendo a los principios invocados de buena regulación de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2105, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El ajuste de estas bases reguladoras a los principios de necesidad y eficacia, deriva del
claro enfoque de las mismas en la defensa del interés general, materializado en la necesidad
de apoyar a las pymes madrileñas, siendo el instrumento más adecuado para su consecución.
En relación a la proporcionalidad, la norma contiene la regulación imprescindible para
atender la necesidad de cubrir, limitándose a recoger los aspectos que la normativa en materia de subvenciones exige como contenido mínimo de unas bases reguladoras. Asimismo,
se actúa con proporcionalidad, ya que el contenido de las bases reguladoras se limita al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se cumple, igualmente, con el principio de seguridad jurídica ya que esta Orden es coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica aplicable
en la materia y será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En cuanto al principio de transparencia, quedan explicados de manera suficiente los
objetivos perseguidos por esta Orden, estando su tramitación exenta de la realización de
los distintos trámites de participación pública previstos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre del Gobierno.
Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia al no haberse establecido cargas
administrativas innecesarias o accesorias.
Por lo que respecta a la tramitación, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.5 de
la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se han recabado los informes de impacto preceptivos pertinentes.
Por cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las
microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) del sector industrial y manufacturero establecidas en la Comunidad de Madrid, para financiar proyectos de ecodiseño, iniciados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención, que mejoren la eficiencia en el uso de recursos y materiales, permitan reaprovechar los materiales
y minimicen la generación de residuos.
2. La finalidad de estas ayudas es acelerar las inversiones necesarias para fomentar
la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales, mejorar el
comportamiento ambiental, la competitividad e innovación del tejido industrial y apoyar la
investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i) aplicadas al ecodiseño, con el propósito de garantizar productos más duraderos, reparables, reutilizables, reciclables y sostenibles
que faciliten la transición hacia un modelo de economía circular.
Artículo 2
Régimen Jurídico
1. Las ayudas que se concedan al amparo de estas bases se regirán por estas bases reguladoras y, en todo lo no dispuesto en las mismas, al tener consideración de subvenciones

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID