Madrid (BOCM-20250220-45)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 43

certificaciones también podrán ser emitidas por las personas titulares de la Subdirección General de
Relaciones con la Junta de Gobierno y Comisión Preparatoria, del Departamento de Apoyo
Institucional a la Junta de Gobierno y Comisión Preparatoria y de las consejerías técnicas adscritas
a dicha oficina.
4. Notificaciones.
4.1. Corresponde la notificación de las resoluciones y decretos, en el ámbito de sus respectivas
funciones, a las personas titulares de los departamentos y, en su defecto, de los servicios o
subdirecciones generales.
4.2. En particular, las funciones enumeradas en el punto 4.1. corresponden a la persona titular del
Servicio adscrito a la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación, respecto de las
notificaciones de las resoluciones y los decretos relativas a multas de circulación, en el ámbito de
sus funciones.
4.3. En el caso de órganos directivos de los que no dependan directamente, departamentos,
servicios o subdirecciones, las funciones señaladas en el punto 4.1. corresponderán a la persona
titular de la subdirección general responsable de la oficina de registro de la secretaría general técnica
correspondiente.
5. Publicación en medios oficiales y tablón de edictos.
5.1. Corresponde a las personas titulares de las subdirecciones generales de las secretarías
generales técnicas, en el ámbito de sus respectivas funciones, ordenar la publicación preceptiva en
los medios oficiales de publicidad y en la sede electrónica de las disposiciones y resoluciones
administrativas correspondientes al ámbito material de competencias del área de gobierno, de las
áreas delegadas y de la Coordinación General de la Alcaldía.
5.2. Corresponde a las personas titulares de las secretarías de distrito ordenar la publicación
preceptiva en los medios oficiales de publicidad y en la sede electrónica de las disposiciones y
resoluciones administrativas, correspondientes al ámbito material de competencias del distrito.
5.3. Corresponde a las personas titulares de las subdirecciones generales de la Secretaría General del
Pleno y del Servicio de Secretaría General de la Secretaría General del Tribunal EconómicoAdministrativo Municipal de Madrid, en el ámbito de sus respectivas funciones, ordenar la publicación de
las resoluciones administrativas correspondientes al ámbito material de competencias de la Secretaría
General del Pleno y de la Secretaría General del Tribunal Económico-Administrativo Municipal.
5.4. La persona titular de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno ordenará la publicación
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid de los acuerdos de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de los edictos remitidos para su publicación por otras Administraciones públicas
y los organismos públicos dependientes, así como el resto de las publicaciones que sean precisas,
y, en su caso, la certificación del cumplimiento de dicho trámite. Todo ello sin perjuicio de las
competencias que en materia de fe pública corresponden a la persona titular de la Secretaría
General del Pleno respecto de la publicación en el Tablón de Edictos y, en su caso, la certificación
del cumplimiento de dicho trámite, de los edictos de su competencia.
6. Oficinas de atención a la ciudadanía.
6.1. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3, corresponde a las personas titulares de los
departamentos de las oficinas de atención a la ciudadanía de Línea Madrid:

b) Expedir certificaciones y copias auténticas respecto de sus respectivas oficinas de registro,
certificando acerca de la recepción o remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones en los
casos en que así sea preciso.
6.2. Las funciones señaladas en el punto 6.1. también podrán ser desempeñadas por las personas
titulares de las adjuntías a los departamentos de las oficinas de atención a la ciudadanía de Línea
Madrid y adjuntías a los departamentos de los equipos volantes.

BOCM-20250220-45

a) Expedir certificaciones del Padrón Municipal de Habitantes, sin perjuicio de lo previsto respecto
de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno.