Madrid (BOCM-20250220-45)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 43

JUEVES 20 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 167

ANEXO
DELEGACIÓN EN MATERIA DE FE PÚBLICA
1. Libros de Resoluciones.
1.1. Corresponde a las personas titulares de las subdirecciones generales responsables de los libros
de resoluciones de las secretarías generales técnicas, transcribir al Libro de Resoluciones los
decretos y las resoluciones de carácter decisorio que sean dictadas por los órganos unipersonales
de las correspondientes áreas de gobierno, áreas delegadas y la Coordinación General de la
Alcaldía, así como expedir certificaciones y copias auténticas respecto de su contenido.
1.2. No obstante, la persona titular de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno transcribirá
al Libro de Resoluciones los decretos, instrucciones y bandos dictados por el Alcalde.
2. Certificaciones y copias auténticas.
2.1. Corresponde la expedición de certificaciones y copias auténticas de los documentos públicos y
privados del Ayuntamiento de Madrid, en el ámbito de sus respectivas funciones, a las personas
titulares de las subdirecciones generales y, en su defecto, de los servicios o departamentos, sin
perjuicio de lo dispuesto en los siguientes puntos.
2.2. En el caso de órganos directivos de los que no dependan directamente subdirecciones
generales, servicios o departamentos, las funciones señaladas en el punto 2.1. corresponderán a la
persona titular de la subdirección general responsable de la oficina de registro de la secretaría
general técnica correspondiente.
2.3. La persona titular de la subdirección general responsable de la oficina de registro de la secretaría
general técnica correspondiente, expedirá las certificaciones y copias auténticas cuando las
solicitudes de certificaciones y copias auténticas afecten a varios órganos directivos integrados en
la misma área de gobierno, área delegada o Coordinación General de la Alcaldía.
2.4. La persona titular de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno:
a) Expedirá las certificaciones y copias auténticas respecto de los expedientes, libros y documentos
de la Alcaldía y respecto de las solicitudes de certificaciones y copias auténticas que afecten a
varias áreas de gobierno, áreas delegadas, distritos u organismos públicos.
Asimismo, expedirá certificaciones y copias auténticas cuando las solicitudes se refieran
conjuntamente a la Coordinación General de la Alcaldía y a una o más áreas de gobierno, áreas
delegadas, distritos u organismos públicos.
b) Realizará el reconocimiento previo de la firma de los documentos para que puedan surtir efectos
en el extranjero.
3. Certificaciones del Padrón Municipal de Habitantes y de estadísticas de interés municipal.
3.1. Corresponde a las personas titulares de la Subdirección General de Estadística, Padrón y
Procesos Electorales y del Servicio de Padrón de Habitantes, la expedición de certificaciones en
materia de padrón municipal de habitantes, sin perjuicio de lo previsto respecto de las oficinas de
atención a la ciudadanía y de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno.

3.2. Corresponde a las personas titulares de la Subdirección General de Estadística, Padrón y
Procesos Electorales y del Servicio de Estadística Municipal, la expedición de certificaciones en
materia de estadísticas de interés municipal elaboradas por la Dirección General de Contratación y
Servicios.
3.3. La persona titular de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno expedirá las
certificaciones del Padrón Municipal de Habitantes que puedan tener efectos en el extranjero. Dichas

BOCM-20250220-45

Dichas certificaciones podrán ser expedidas por la persona titular de la Subdirección General de
Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica de Economía, Innovación y Hacienda cuando
sean solicitadas por los órganos judiciales.