Alpedrete (BOCM-20250218-55)
Organización y funcionamiento. Reglamento
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 41

MARTES 18 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 213

Artículo 3. Tipos de condecoraciones, honores y distinciones.
Las condecoraciones, honores y distinciones que podrán otorgarse son las siguientes:
a) Cruz a los Servicios Distinguidos de la Policía Local.
b) Cruz al Mérito Profesional de la Policía Local.
c) Cruz de la Policía Local de Alpedrete.
d) Medalla a la Constancia en el Servicio.
e) Felicitación Personal (pública o privada).
f) Placa.
Artículo 4. Uso de los distintivos.
Los condecoraciones, honores y distinciones reguladas en el presente Reglamento se otorgarán
con carácter exclusivamente honorífico, sin que generen derecho alguno de contenido económico.
Se colocarán en el Iado izquierdo de la chaqueta o camisa del uniforme (sobre el bolsillo
del pecho izquierdo), desde la botonera hacia el brazo, siguiendo el orden de importancia, si se tiene
más de una condecoración.
Se llevarán en los actos de gala por la festividad de la patrona de Alpedrete y en el día la
Policía Local de Alpedrete. En los demás actos de gala, solo se llevarán los pasadores sobre el
uniforme, en la misma posición. También se podrán llevar los pasadores en el uniforme de diario.
Artículo 5. Procedimiento para su otorgamiento.
1. La concesión de cualquiera de las condecoraciones, honores y distinciones previstas en
este Reglamento se hará por el órgano que se determine en cada caso, previa propuesta del Jefe
Inmediato del Cuerpo de la Policía Local, que podrá efectuarse a iniciativa propia o previa moción
razonada de sus subordinados o de terceros que se hubieran visto beneficiados por los actos o
actuaciones que justifican la propuesta.
2. Todas las propuestas y actos de concesión de condecoraciones, honores o distinciones
serán motivadas.
3. El número máximo de condecoraciones, honores o distinciones a otorgar anualmente será:
a)
b)
c)
d)
e)
f)

Cruz a los Servicios Distinguidos: 1
Cruz al Mérito Profesional: 3
Cruz de la Policía Local de Alpedrete: Las que correspondan.
Medallas a la Constancia. Las que correspondan.
Felicitaciones: Las que correspondan.
Placas: Las que correspondan.

4. Quedan exceptuadas de la limitación establecida en el apartado anterior las condecoraciones,
honores y distinciones que se conceda a título póstumo.
Artículo 6. Revocación.

Capítulo II
De la Cruz a los Servicios Distinguidos
Artículo 7. Cruz a los Servicios Distinguidos.
1. Serán recompensados con la Cruz a los Servicios Distinguidos de la Policía Local de
Alpedrete, aquellos miembros de dicho Cuerpo que realicen algún acto heroico, generoso y con

BOCM-20250218-55

La concesión de las condecoraciones, honores y distinciones a la que se refieren en el
presente Reglamento podrán ser revocadas si, con posterioridad, los interesados realizasen actos o
manifestaciones que les hagan indignos de su titularidad, o de menosprecio a los méritos que en su
día fueron causa de otorgamiento, o hayan sido condenados por delitos dolosos o falta muy grave
sancionada con separación del servicio.