C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250215-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Servimedia, S. A. (Código número 28012712012004)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 15 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 39

El incumplimiento del plazo de preaviso señalado significará para la persona trabajadora la pérdida
de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias y vacaciones que pudieran corresponderle,
en una relación que consista en descontar las proporciones atribuidas a un día natural por cada uno
de preaviso incumplido.

CAPITULO 4
TIEMPO DE TRABAJO

SECCIÓN PRIMERA
Art. 17. Jornada.
La jornada de trabajo será de treinta y cinco horas semanales, dividida en cinco días laborables a
razón de siete horas diarias y dos días de descanso consecutivo, contabilizándose como tales,
preferiblemente, el domingo y cualquier otro día.

El descanso semanal no será acumulable y las personas trabajadoras no podrán ser obligados/as a
modificarlo, salvo en lo dispuesto en la legislación vigente, garantizándose en todo momento el
personal necesario para las prestaciones que requiera el servicio.

Queda exceptuado de lo anterior el personal con contrato a tiempo parcial y el personal que haya
sido contratado o se haya pactado con él una jornada distinta.

Art. 18. Horarios
•

El señalamiento de tareas y control de asistencia es de la exclusiva competencia de la
dirección de la empresa, así como la fijación de turnos y horarios, previa solicitud de
informe a los representantes de las personas trabajadoras.

•

El horario de prestación de servicios de referencia en Servimedia, S.A. es de 08:00 a 21:00
horas.
Cada área de Servimedia, S.A., en función de sus necesidades organizativas y productivas
y partiendo del horario de referencia mencionado, tendrá establecida así mismo una franja
horaria a cubrir por sus personas trabajadoras:

•

Administración y Comercial: 8:00 a 18:00 horas.

•

Documentación: 8:00 a 21:00 horas.

•

Noticias: 8:00 a 21:00 horas.

La jornada laboral de las personas trabajadoras de Servimedia, S.A tiene las siguientes
modalidades:



•

•

Jornada Partida: horario de 10:00 a 18:00 horas, con descanso de una hora para
comer, salvo que la actualidad informativa haga necesario acudir a la libre disposición.
Jornada Continua: horario de 10:00 a 17:00 horas (incluido el descanso de veinte
minutos para comer).

Horario de Verano:

A fin de que la actividad de la Agencia de Noticias no quede al descubierto y dejen de
prestar el servicio comprometido con los clientes se establecerá un sistema de turnos entre
sus personas trabajadoras.
•

Horario de los Viernes salvo del mes agosto: durante los viernes de todo el año, la jornada
será continua, idéntica en horario a la que se aplica en agosto, salvo para aquellas personas
trabajadoras que formen el grupo de guardia que trabaja al día siguiente (sábado) quienes

BOCM-20250215-3

Durante el mes de agosto, se aplicará una jornada continua de todas las personas
trabajadoras con entrada de 8:00 a 10:00 horas y salida en función de la entrada,
haciéndose especial hincapié a que la actividad de la empresa no puede verse afectada.