C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250214-15)
Plan de inspección sanitaria – Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2025
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BOCM
VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 38
1.4.26. Programa específico de comprobación de la correcta notificación y el mantenimiento de las condiciones de los desfibriladores inscritos en el Registro madrileño de
desfibriladores externos.
2. Plan de Inspección de la Dirección General de Salud Pública
2.1. Plan parcial de Inspección en Sanidad Ambiental:
Objetivo general: Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de
vigilancia, inspección y control de los factores ambientales en la Comunidad de Madrid
para preservar la salud de los ciudadanos.
2.1.1. Programa de inspección y control de aguas de consumo y uso recreativo.
Objetivos:
— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados al agua de
consumo mediante inspección, analíticas y control de los Planes Sanitarios del
Agua en edificios prioritarios y zonas de abastecimiento con el fin de preservar la
salud de los ciudadanos y prevenir las enfermedades transmisibles por vía hídrica, así como las patologías asociadas a contaminantes químicos y físicos persistentes o accidentales
— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados al uso recreativo de las aguas en piscinas, parques acuáticos, atracciones acuáticas y zonas de
baño mediante inspección, analíticas y control de programas de autocontrol con el
fin de preservar la salud de los ciudadanos.
— Coordinar y gestionar a nivel regional los sistemas de información nacionales de
aguas de consumo, piscinas y zonas de baño.
— Gestión de alertas, demandas y reclamaciones referentes a las aguas de consumo y
aguas recreativas.
2.1.2. Programa de prevención y control de la legionelosis.
Objetivos:
— Verificar el cumplimiento de las medidas establecidas en la normativa específica,
mediante la inspección, auditoría, control documental y analíticas en las instalaciones de riesgo para minimizar la presencia de legionela y prevenir la aparición
de casos y brotes.
— Gestionar desde el campo de la sanidad ambiental, los brotes, casos esporádicos,
demandas y reclamaciones relativos a legionela.
2.1.3. Programa de inspección y control de seguridad química.
Objetivos:
— Minimizar los riesgos para la salud derivados de la comercialización y uso de los
productos químicos, a través de la inspección y control, verificando el cumplimiento de la normativa europea y nacional.
— Verificar que los documentos de información y comunicación del peligro de los
productos químicos (etiquetas, fichas de datos de seguridad y publicidad), cumplen con la normativa de aplicación, a fin de prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de los usuarios.
— Actuar frente a alertas y denuncias referentes a productos químicos, por incumplimientos normativos y/o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.
2.1.4. Programa de inspección y control de biocidas.
Objetivos:
— Minimizar los riesgos para la salud derivados de la comercialización y uso de biocidas a través de la inspección y control, verificando el cumplimiento de la normativa de referencia.
— Verificar que los documentos de información y comunicación del peligro de los
productos biocidas (etiquetas, fichas de datos de seguridad y publicidad), cumplen
con la normativa de aplicación, a fin de prevenir y limitar los posibles daños para
la salud de los usuarios.
— Verificar, mediante auditoría documental, que la actuación profesional de las empresas de servicios biocidas se ajusta a la normativa y a las normas de calidad aplicables.
— Actuar frente a alertas y denuncias referentes a productos biocidas, por incumplimientos normativos o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.
BOCM-20250214-15
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 38
1.4.26. Programa específico de comprobación de la correcta notificación y el mantenimiento de las condiciones de los desfibriladores inscritos en el Registro madrileño de
desfibriladores externos.
2. Plan de Inspección de la Dirección General de Salud Pública
2.1. Plan parcial de Inspección en Sanidad Ambiental:
Objetivo general: Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de
vigilancia, inspección y control de los factores ambientales en la Comunidad de Madrid
para preservar la salud de los ciudadanos.
2.1.1. Programa de inspección y control de aguas de consumo y uso recreativo.
Objetivos:
— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados al agua de
consumo mediante inspección, analíticas y control de los Planes Sanitarios del
Agua en edificios prioritarios y zonas de abastecimiento con el fin de preservar la
salud de los ciudadanos y prevenir las enfermedades transmisibles por vía hídrica, así como las patologías asociadas a contaminantes químicos y físicos persistentes o accidentales
— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados al uso recreativo de las aguas en piscinas, parques acuáticos, atracciones acuáticas y zonas de
baño mediante inspección, analíticas y control de programas de autocontrol con el
fin de preservar la salud de los ciudadanos.
— Coordinar y gestionar a nivel regional los sistemas de información nacionales de
aguas de consumo, piscinas y zonas de baño.
— Gestión de alertas, demandas y reclamaciones referentes a las aguas de consumo y
aguas recreativas.
2.1.2. Programa de prevención y control de la legionelosis.
Objetivos:
— Verificar el cumplimiento de las medidas establecidas en la normativa específica,
mediante la inspección, auditoría, control documental y analíticas en las instalaciones de riesgo para minimizar la presencia de legionela y prevenir la aparición
de casos y brotes.
— Gestionar desde el campo de la sanidad ambiental, los brotes, casos esporádicos,
demandas y reclamaciones relativos a legionela.
2.1.3. Programa de inspección y control de seguridad química.
Objetivos:
— Minimizar los riesgos para la salud derivados de la comercialización y uso de los
productos químicos, a través de la inspección y control, verificando el cumplimiento de la normativa europea y nacional.
— Verificar que los documentos de información y comunicación del peligro de los
productos químicos (etiquetas, fichas de datos de seguridad y publicidad), cumplen con la normativa de aplicación, a fin de prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de los usuarios.
— Actuar frente a alertas y denuncias referentes a productos químicos, por incumplimientos normativos y/o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.
2.1.4. Programa de inspección y control de biocidas.
Objetivos:
— Minimizar los riesgos para la salud derivados de la comercialización y uso de biocidas a través de la inspección y control, verificando el cumplimiento de la normativa de referencia.
— Verificar que los documentos de información y comunicación del peligro de los
productos biocidas (etiquetas, fichas de datos de seguridad y publicidad), cumplen
con la normativa de aplicación, a fin de prevenir y limitar los posibles daños para
la salud de los usuarios.
— Verificar, mediante auditoría documental, que la actuación profesional de las empresas de servicios biocidas se ajusta a la normativa y a las normas de calidad aplicables.
— Actuar frente a alertas y denuncias referentes a productos biocidas, por incumplimientos normativos o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.
BOCM-20250214-15
Pág. 58
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