C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250214-15)
Plan de inspección sanitaria –  Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2025
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B.O.C.M. Núm. 38

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025

— Detectar, analizar y corregir las situaciones en que, sin concluir las dispensaciones
a través de receta electrónica, se bloquea el acceso a la medicación desde las oficinas de Farmacia.
1.4.10. Programa de evaluación del circuito de indicación, prescripción, visado y
dispensación de medicamentos antidiabéticos.
Objetivo:
— Verificar que la prescripción, visado y dispensación de medicamentos antidiabéticos de última generación se realiza de acuerdo con los criterios básicos de uso racional de los medicamentos y de acuerdo con las indicaciones terapéuticas para las
que está autorizada su financiación.
1.4.11. Programa de control de la distribución y asignación de talonarios de recetas
oficiales y evaluación de la correcta custodia de los sellos para la prescripción y talonarios
de recetas.
Objetivos:
— Verificar que en los Centros de Atención Primaria y Especializada los talonarios
de recetas oficiales cuentan con las debidas medidas de seguridad y que el control
en el programa ASTARE es el adecuado.
— Verificar que los facultativos con autorización para prescribir en receta oficial realizan el correcto control tanto de los sellos médicos que se les entregan como de
los talonarios que les son asignados.
1.4.12. Programa de control de las dispensaciones de los medicamentos financiados
en hospitales públicos.
Objetivo:
— Evaluar la correcta prescripción y dispensación de estupefacientes en los Hospitales Públicos de la Comunidad de Madrid, así como que las medidas de control y
custodia que tienen establecidas se adecuan a la normativa vigente.
— Comprobar que los procedimientos establecidos para la dispensación de medicamentos con fondos públicos a pacientes externos en los hospitales se ajustan a la
normativa establecida.
1.4.13. Programa de control de mercado de medicamentos de uso humano.
Objetivos:
— Supervisar la calidad de los medicamentos de uso humano desde su puesta en el
mercado hasta la dispensación al usuario.
— Gestionar la toma de muestras de medicamentos de uso humano objeto de denuncia.
1.4.14. Programa de inspección y control de medicamentos falsificados e ilegales.
Objetivos:
— Supervisar la comercialización de medicamentos con el fin de evitar la entrada en
el canal farmacéutico de medicamentos falsificados y medicamentos ilegales que
podrían suponer un riesgo para la salud de la población.
— Colaborar con los cuerpos y fuerzas de seguridad en la lucha contra la comercialización de medicamentos ilegales y falsificados.
1.4.15. Programa de inspección de la producción de plasma rico en plaquetas (PRP).
Objetivos:
— Verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad en la producción
de PRP.
— Comprobar que la prescripción, elaboración y utilización de PRP cumple la normativa vigente, incluida la prohibición de su publicidad.
1.4.16. Programa de inspección y control de la distribución e intermediación de medicamentos de uso humano y de los principios activos para su fabricación.
Objetivos:
— Verificar que el almacenamiento, conservación, transporte y entrega al destinatario de los medicamentos de uso humano se realiza conforme a las directrices sobre buenas prácticas de distribución y de acuerdo con la normativa vigente.
— Verificar el cumplimiento de la normativa relativa a la distribución e importación
de principios activos para la fabricación de medicamentos de uso humano.

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BOCM-20250214-15

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