Bustarviejo (BOCM-20250214-64)
Ofertas de empleo. Bases generales proceso selectivo
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BOCM

VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 38

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá establecer, con
anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la
misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.
B) Calificación de los distintos ejercicios.
Cuestionario tipo test: Se establecerá en cada base específica. En caso de no establecerse, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada (es
decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta) no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de
la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.
Desarrollo por escrito de temas: El ejercicio será puntuado por cada miembro del Tribunal
con tantas notas como temas hayan sido objeto de desarrollo. Las calificaciones estarán comprendidas en una escala entre cero y diez puntos. Posteriormente, la suma de las calificaciones parciales de cada uno de los temas se dividirá entre el número de asistentes del Tribunal, obteniéndose
tantas calificaciones, entre cero y diez puntos, como temas desarrollados. Será preciso, para aprobar este ejercicio, alcanzar un mínimo de cinco puntos en cada una de estas calificaciones parciales. La calificación final del ejercicio vendrá determinada por el resultado de dividir la suma de las
calificaciones parciales entre el número de temas objeto de desarrollo.
Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas prácticas, o redacción de informes o propuestas de resolución: El ejercicio será puntuado en la forma descrita en los apartados anteriores, o bien puede ser calificado como apto o no apto si así lo establecen las bases
específicas.
C) Calificación final del proceso selectivo.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá determinada por la suma de las
calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios determinados en las respectivas bases específicas. Los posibles empates en la puntuación se solventarán en la forma establecida en las
bases específicas.
Se establece un plazo, para la presentación de reclamaciones a las calificaciones de cada
uno de los ejercicios de la fase oposición, de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las calificaciones, mediante escrito dirigido al/a la Presidente/a del Tribunal calificador.
13.2. Sistema selectivo de concurso-oposición:
En el concurso-oposición la calificación de la fase de concurso se hará pública por el Tribunal Calificador en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Bustarviejo.
En la fase de concurso se seguirá la misma sistemática que la señalada en la base 13.3.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso, para hacer alegaciones, que
serán resueltas antes de que finalice la fase de oposición.
La calificación de los ejercicios de la fase de oposición se llevará a cabo en la forma establecida en la base 13.1.
La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la
calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. Los posibles empates en la puntuación se solventarán en la forma establecida en las bases específicas.
13.3. Sistema selectivo de concurso de valoración de méritos:
Las bases específicas determinarán los méritos y su correspondiente valoración, así como los sistemas de acreditación de los mismos.
Una vez comprobados y calificados los méritos de los aspirantes se establecerá el orden
de prelación de los mismos en función de la puntuación total alcanzada. Los posibles empates en
la puntuación se solventarán en la forma establecida en las bases específicas.
Las bases específicas de cada convocatoria podrán establecer que los aspirantes presenten, junto con la solicitud de participación, un documento de autovaloración de los méritos de la
fase de concurso. Dicho impreso o documento, en estos casos, se aprobará con las bases específicas de cada convocatoria y deberá ser cumplimentado de conformidad con el baremo que se
detalle en las mencionadas bases específicas.

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