Villanueva del Pardillo (BOCM-20250213-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 37

cambio puntual o definitivo se comunicará a los Servicios Técnicos Municipales con la suficiente antelación.
h.)

Se presentará el Plan de Control de Calidad elaborado por la empresa que determine el contratista y aprobado por la Dirección Facultativa, no obstante, los Servicios Técnicos Municipales podrán solicitar los ensayos que estimen oportunos, para el control de ejecución y materiales.

i.)

En caso de aumento de plazo de ejecución, así como de paralización de obras se comunicará
previamente a los Servicios Técnicos Municipales, si éstos lo consideran oportuno establecerán las condiciones en que deberán quedar las obras durante dicha paralización atendiendo a
criterios de seguridad, conservación y mantenimiento.

ARTÍCULO 5.2. COORDINACIÓN DE SECTORES Y TRABAJOS
a.) Los sectores cuya delimitación esté fijada a eje de calle deberán, en caso de completar una
calle ya ejecutada, realizarse según el Plan Parcial correspondiente, reponiendo a su costa la
totalidad del firme y señalización horizontal de dicho viario.
b.) En el caso de ser una calle de nueva creación, previo acuerdo con la Junta de Compensación
o propiedad correspondiente, el primer sector en ejecutarse, acometerá la totalidad del viario
perimetral incluyendo todas las unidades necesarias para dar por completado el viario común.
c.)

Las vías de borde de los sectores en las que se proyecte el paso de infraestructuras estarán
coordinadas con los sectores colindantes, de manera que se simultaneen los trabajos y se
dimensionen las conducciones para comprender la totalidad de las demandas que se produzcan incluyendo todos los sectores que se puedan ver afectados.

d.) En los casos en los que la red de saneamiento y las instalaciones necesarias como tanques
de laminación, arquetas, o cualquier otro elemento solicitado por las entidades competentes,
afecte a varios sectores, el proyecto de urbanización del ámbito que se desarrolle primero incluirá los acuerdos de coordinación y gestión entre todos los sectores afectados, que deberán
hacerse cargo de la parte correspondiente de los costes de ejecución de los elementos comunes.

ARTÍCULO 5.3. COORDINACIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN Y EDIFICACIÓN
Se podrán conceder licencias de edificación simultáneas a las de urbanización, en los supuestos
permitidos por la normativa vigente de aplicación y por la presente Ordenanza. Previamente a la
concesión de la correspondiente licencia de obras de edificación, y en todo caso al inicio de éstas,
la Junta de Compensación o propiedad, depositará una garantía de importe igual al 100% del presupuesto, incluyendo porcentaje del 13% de Gastos Generales y 6% de Beneficio Industrial e
I.V.A. correspondiente, de las obras de urbanización comprometidas pendientes de ejecutar.
Se deberán cumplir los siguientes requisitos, además de la normativa vigente y de lo establecido
en la presente Ordenanza:
a.) Será requisito indispensable para la ejecución de la edificación simultánea, que estén al menos encintadas las aceras de las obras de urbanización comprometidas.

c.)

Se presentará un certificado de la Dirección Facultativa con la valoración de las obras pendientes de ejecutar y un plan de obra en el que se refleje el estado actual y el desarrollo de
las unidades de obra hasta su finalización. Transcurridos cinco años desde la fecha de aprobación del proyecto de urbanización, para determinar la cuantía de las partidas de obra pendientes de ejecutar, la Dirección Facultativa se ajustará a lo establecido en la última base de
precios publicada por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos y Aparejadores de Guadalajara y para las partidas de jardinería y mobiliario urbano a la última versión editada de la base
de precios de PARJAP Base de Precios de Paisajismo, Ingeniería y Arquitectura del Paisaje,
Asociación Española de Parques y Jardines Públicos.

d.) Tanto para determinar el importe de la garantía, como para la valoración de partidas pendientes de ejecutar, se tendrán en cuenta las unidades de obra que, aún no estando incluidas en
el correspondiente proyecto de urbanización, deban ejecutarse finalmente, así como cualquier

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b.) Se presentará un certificado de la Dirección Facultativa, con reportaje fotográfico que exprese
el porcentaje del importe ejecutado de cada unidad de obra y las unidades pendientes de ejecutar, así como el estado de las unidades realizadas.