Madrid (BOCM-20250212-32)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 36

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE FEBRERO DE 2025

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y obtener información para su futuro desarrollo mediante un procedimiento ágil. Además,
el Ayuntamiento de Madrid, en cuanto entidad responsable del entorno controlado, podrá
emplear la información facilitada a la conclusión de la prueba con el fin de introducir posibles
modificaciones y actualizaciones del ordenamiento jurídico local.
Madrid se ha consolidado en los últimos años como el polo de referencia en España en
materiade innovación gracias a diversas iniciativas que abren la ciudad al emprendimiento
y acogenlas nuevas ideas y soluciones. El entorno controlado de pruebas complementará
estas iniciativas y permitirá crear un contexto jurídico favorable a la innovación, de forma
que se simplifiquen y unifiquen los procedimientos administrativos y los trámites de
autorización necesarios para llevar a cabo las pruebas de los proyectos novedosos.
La figura del entorno controlado de pruebas constituye una incorporación reciente y
novedosa al ordenamiento jurídico español. Entre otros antecedentes normativos, cabe
citar la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; la Ley 7/2020, de 13 de
noviembre, para la transformación digital del sistema financiero; y la Ley 7/2021, de 20 de
mayo, de cambio climático y transición energética, así como la Ley 28/2022, de 21 de
diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes que habilita a los
poderes públicos para que, reglamentariamente, promuevan la creación de entornos
controlados.
En consecuencia, los objetivos de la ordenanza son los siguientes:
a) Incentivar la iniciativa particular de empresas, startups e innovadores en general, en
el desarrollo de la ciudad mediante la participación en el entorno controlado de pruebas.
b) Atraer y fomentar la innovación y la iniciativa empresarial a la ciudad de Madrid,
involucrando a los agentes del ecosistema de innovación.
c) Contribuir al posicionamiento estratégico global de Madrid como ciudad que impulsa
la innovación.
d) Ampliar el conocimiento sobre el efecto de las normas municipales existentes
obteniendo un instrumento de evaluación de la normativa existente.
e) Generar un impacto económico, social y/o ambiental en la ciudad de Madrid.
f) Complementar y ampliar la red de servicios y actividades que ofrece Madrid Innovation
y su red de centros de innovación.
III

IV
La ordenanza cumple con los principios de buena regulación exigidos en el artículo 129.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

BOCM-20250212-32

La regulación del entorno controlado de pruebas de proyectos innovadores de la ciudad de
Madrid se aprueba en ejercicio de las potestades reglamentaria y de autoorganización
previstas en Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con el
fin de desarrollar las competencias contempladas tanto en la citada ley como en la Ley
22/2006,de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y teniendo en
cuenta las prescripciones de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas.