D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20250131-48)
Convenio – Convenio de 15 de enero de 2024, de transferencia y financiación entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Fuenlabrada, en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento sobre la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
Pág. 225
— Acreditación de la titulación necesaria para el acceso.
— Acreditación del proceso de promoción.
Dicha documentación se entregará en formato digital.
g) El Ayuntamiento de Fuenlabrada deberá remitir, con anterioridad mínima de un
mes a la fecha de integración, la información que le sea solicitada por la Comunidad de Madrid con el fin de normalizar en las nóminas y en las bases de datos al
personal afectado por la dispensa.
Tercera
Medios materiales
Se traspasará a la Comunidad de Madrid los medios materiales que figuran detallados
en el Anexo II al presente Convenio, así como todos los demás bienes y equipos afectos al
servicio de extinción de incendios del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
El cambio de titularidad de los bienes relacionados en el Anexo II, con las valoraciones recogidas en el presente convenio, será tramitado a la mayor brevedad posible por ambas Administraciones Públicas a partir de la fecha de concesión de la dispensa mediante Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Corresponderá al
Ayuntamiento de Fuenlabrada hacer la transferencia de titularidad de los vehículos a la Comunidad de Madrid.
Quinta
Parque de bomberos de Fuenlabrada y obras de adecuación
El Ayuntamiento de Fuenlabrada es propietario del edificio destinado al parque de
bomberos sito en la calle Oasis n.o 6 de Fuenlabrada. Dicho parque figura en el Inventario
de Bienes inmuebles del municipio con la calificación jurídica de dominio público.
El Ayuntamiento de Fuenlabrada se compromete a acordar la mutación demanial subjetiva con transferencia de la titularidad del actual parque de bomberos, de conformidad con
lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en relación con lo dispuesto en el artículo 88.3 de la
Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250131-48
Cuarta
Parcela
El Ayuntamiento de Fuenlabrada es titular de pleno dominio del 100 % de la parcela en
la que se ubica el actual parque de bomberos de Fuenlabrada, con una cabida de 8.475 m2, sita
en Calle Oasis, n.° 6, con referencia catastral 0610103VK3601S0001LG. La parcela que se
transfiere se encuentra inscrita en el registro de la Propiedad n.o 2 de Fuenlabrada, como
finca n.o 38.279, en el tomo 1.608, libro 506, folio 195. Dicha parcela corresponde a la finca
resultante DP del acta de agrupación y segregación del PPI-2, de acuerdo con la descripción
contenida en el informe del Ingeniero Topográfico municipal, de fecha 5 de julio de 2023.
Dicho inmueble figura en el Inventario de Bienes inmuebles del municipio de Fuenlabrada con la calificación jurídica de dominio público.
El Ayuntamiento de Fuenlabrada se compromete a acordar la mutación demanial subjetiva con transferencia de la titularidad del inmueble en favor de la Comunidad de Madrid,
de conformidad con lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en relación con lo dispuesto en
el artículo 88.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
La parcela que se cede deberá estar registrada libre de cargas y gravámenes y se cederá con todos los requisitos legales, urbanísticos y técnicos expeditos. El uso de la parcela
estará convenientemente registrado en el Plan General del municipio.
Se condicionará la mutación demanial subjetiva con transferencia de titularidad de la
parcela al mantenimiento de su uso exclusivo como parque de bomberos. Si dicho inmueble dejase de destinarse a la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios
y salvamentos, la parcela revertirá al Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La mutación demanial subjetiva y transferencia de titularidad de la parcela, será gratuita y se tramitará a la mayor brevedad posible por ambas Administraciones Públicas a partir de la fecha de concesión de la dispensa mediante Decreto del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, siempre que se cumplan los requisitos indicados en los párrafos anteriores.
B.O.C.M. Núm. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
Pág. 225
— Acreditación de la titulación necesaria para el acceso.
— Acreditación del proceso de promoción.
Dicha documentación se entregará en formato digital.
g) El Ayuntamiento de Fuenlabrada deberá remitir, con anterioridad mínima de un
mes a la fecha de integración, la información que le sea solicitada por la Comunidad de Madrid con el fin de normalizar en las nóminas y en las bases de datos al
personal afectado por la dispensa.
Tercera
Medios materiales
Se traspasará a la Comunidad de Madrid los medios materiales que figuran detallados
en el Anexo II al presente Convenio, así como todos los demás bienes y equipos afectos al
servicio de extinción de incendios del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
El cambio de titularidad de los bienes relacionados en el Anexo II, con las valoraciones recogidas en el presente convenio, será tramitado a la mayor brevedad posible por ambas Administraciones Públicas a partir de la fecha de concesión de la dispensa mediante Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Corresponderá al
Ayuntamiento de Fuenlabrada hacer la transferencia de titularidad de los vehículos a la Comunidad de Madrid.
Quinta
Parque de bomberos de Fuenlabrada y obras de adecuación
El Ayuntamiento de Fuenlabrada es propietario del edificio destinado al parque de
bomberos sito en la calle Oasis n.o 6 de Fuenlabrada. Dicho parque figura en el Inventario
de Bienes inmuebles del municipio con la calificación jurídica de dominio público.
El Ayuntamiento de Fuenlabrada se compromete a acordar la mutación demanial subjetiva con transferencia de la titularidad del actual parque de bomberos, de conformidad con
lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en relación con lo dispuesto en el artículo 88.3 de la
Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250131-48
Cuarta
Parcela
El Ayuntamiento de Fuenlabrada es titular de pleno dominio del 100 % de la parcela en
la que se ubica el actual parque de bomberos de Fuenlabrada, con una cabida de 8.475 m2, sita
en Calle Oasis, n.° 6, con referencia catastral 0610103VK3601S0001LG. La parcela que se
transfiere se encuentra inscrita en el registro de la Propiedad n.o 2 de Fuenlabrada, como
finca n.o 38.279, en el tomo 1.608, libro 506, folio 195. Dicha parcela corresponde a la finca
resultante DP del acta de agrupación y segregación del PPI-2, de acuerdo con la descripción
contenida en el informe del Ingeniero Topográfico municipal, de fecha 5 de julio de 2023.
Dicho inmueble figura en el Inventario de Bienes inmuebles del municipio de Fuenlabrada con la calificación jurídica de dominio público.
El Ayuntamiento de Fuenlabrada se compromete a acordar la mutación demanial subjetiva con transferencia de la titularidad del inmueble en favor de la Comunidad de Madrid,
de conformidad con lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en relación con lo dispuesto en
el artículo 88.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
La parcela que se cede deberá estar registrada libre de cargas y gravámenes y se cederá con todos los requisitos legales, urbanísticos y técnicos expeditos. El uso de la parcela
estará convenientemente registrado en el Plan General del municipio.
Se condicionará la mutación demanial subjetiva con transferencia de titularidad de la
parcela al mantenimiento de su uso exclusivo como parque de bomberos. Si dicho inmueble dejase de destinarse a la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios
y salvamentos, la parcela revertirá al Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La mutación demanial subjetiva y transferencia de titularidad de la parcela, será gratuita y se tramitará a la mayor brevedad posible por ambas Administraciones Públicas a partir de la fecha de concesión de la dispensa mediante Decreto del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, siempre que se cumplan los requisitos indicados en los párrafos anteriores.