Getafe (BOCM-20250124-60)
Régimen económico. Ordenanza zona bajas emisiones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 428

VIERNES 24 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 20

Validez: La inscripción del taller, indefinida mientras se mantenga el cumplimiento de los requisitos
por los que se concedió. La autorización puntual tendrá una duración máxima la prevista para las
operaciones a desarrollar en el taller.
13. Vehículos de los clientes de Hoteles u hostales ubicados en el interior de la ZBE.
Requisitos y documentación: Alta de la persona titular del hotel u hostal, para el acceso a carga y
descarga o estacionamiento en aparcamiento del hotel u hostal.
-

Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe (se aportará o comprobará de oficio) o
declaración responsable.

-

Alta en el IAE del titular.

Una vez efectuada la primera inscripción de solicitud del titular del hotel u hostal ubicado en el
interior de la ZBE, este será registrado en el sistema de gestión de la ZBE y será quien tramitará la
autorización de los vehículos.
Límite de vehículos a inscribir: El número de autorizaciones por hotel u hostal estará determinado
por las características de la propia actividad y sus instalaciones que serán determinadas de forma
particular a cada solicitud (con un máximo del total igual al número de plazas de aparcamiento de
sus instalaciones y/o el número de habitaciones disponibles)
Validez: La inscripción del hotel u hostal, indefinida mientras se mantenga el cumplimiento de los
requisitos por los que se concedió. La autorización puntual tendrá una duración coincidente con la
estancia contratada.
14. Vehículos de los usuarios que accedan a centros, servicios y establecimientos sanitarios,
y centros veterinarios.
Requisitos y documentación: La persona titular del centros, servicio y establecimiento sanitarios, o
centro veterinario.
-

“Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe (se aportará o comprobará de oficio),
Autorización del centro, servicio o establecimiento, o declaración responsable.”

-

Alta en el IAE del titular.

Una vez efectuada la primera inscripción de solicitud del titular del centro, servicio, establecimiento
sanitario, y/o centro veterinario ubicado en el interior de la ZBE, este será registrado en el sistema
de gestión de la ZBE y será quien tramitará la autorización de los vehículos de sus clientes.
Límite de vehículos a inscribir: El número de autorizaciones por centro, servicio y/o establecimiento
sanitario y centro veterinario ubicado en el interior de la ZBE estará determinado por las
características de la propia actividad y sus instalaciones que serán determinadas de forma
particular a cada solicitud.
Validez: La autorización tendrá carácter diario (Desde las cero horas hasta las veintitrés horas
cincuenta y nueve minutos y cincuenta y nueve segundos del día para el que se gestionen).

Requisitos y Documentación: Los vehículos, de empresas de seguridad, destinados transporte de
fondos y gestión de efectivo, y que presten servicios de seguridad privada dentro de la ZBE de
Getafe.
Para la inscripción de la empresa solicitante:
-

Acreditación del objeto social de la empresa.

-

Alta en el IAE.

BOCM-20250124-60

15. Vehículos de empresas destinados al transporte de fondos y gestión de efectivo, y que
presten servicios de seguridad privada.