Getafe (BOCM-20250124-60)
Régimen económico. Ordenanza zona bajas emisiones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 20
VIERNES 24 DE ENERO DE 2025
Pág. 427
Validez: Indefinida mientras se mantenga el cumplimiento de los requisitos por los que se
concedió.
10. Los vehículos para actos en la vía pública, ocupaciones y reservas de espacio, y
vehículos de empresas de mudanzas. cuyo acceso autorice el órgano competente para
autorizar el acto u ocupación.
Requisitos y documentación: Se tramitará de oficio autorización de acceso de los vehículos
autorizados para la realización de actos y ocupaciones en la vía pública, así como para los
vehículos de empresas de mudanzas que hayan obtenido la autorización, del órgano competente
para autorizar ese acto u ocupación, del Ayuntamiento de Getafe para realizar esta actividad.
Límite de vehículos a inscribir: indefinido, según autorización donde consten los datos del vehículo
autorizado y las fechas de inicio y finalización del servicio o evento.
Validez: La vigencia de esos permisos se corresponderá con la de la autorización concedida para
efectuar el acto u ocupación en la vía pública, reserva de espacio o la mudanza.
11. Vehículos de autónomos, microempresas y sus trabajadores (menos de 10 trabajadores),
cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada
en el interior de la ZBE.
Requisitos y documentación La persona titular de la actividad que se ejerza en un local u oficina
ubicada en el interior de la ZBE, se dará de alta para la autorización de los vehículos.
Para la inscripción de la empresa titular del local u oficina:
-
Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe (se aportará o comprobará de oficio),
Certificado de situación censal o declaración responsable.
-
Alta en el IAE del titular.
Una vez efectuada la primera inscripción de solicitud del titular de la actividad que se ejerza en un
local u oficina ubicada en el interior de la ZBE, este será registrado en el sistema de gestión de la
ZBE y será quien tramitará la autorización de los vehículos.
Límite de vehículos a inscribir: El número de autorizaciones por local u oficina estará determinado
por las características de la propia actividad (autónomos o microempresas) que serán
determinadas de forma particular a cada solicitud con un límite máximo de diez autorizaciones.
Validez: Indefinida mientras se mantenga se mantenga el cumplimiento de los requisitos por los
que se concedió.
12. Vehículos de los clientes de talleres, a solicitud de los talleres de reparación de vehículos,
que accedan a los ubicados en la ZBE.
-
Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe (se aportará o comprobará de oficio) o
declaración responsable.
-
Alta en el IAE del titular.
Una vez efectuada la primera inscripción de solicitud del titular del taller ubicado en el interior de la
ZBE, este será registrado en el sistema de gestión de la ZBE y será quien tramitará la autorización
de los vehículos de sus clientes.
Límite de vehículos a inscribir: El número de autorizaciones por taller estará determinado por las
características de la propia actividad y sus instalaciones que serán determinadas de forma
particular a cada solicitud.
BOCM-20250124-60
Requisitos y documentación: La persona titular del taller de reparación de vehículos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 20
VIERNES 24 DE ENERO DE 2025
Pág. 427
Validez: Indefinida mientras se mantenga el cumplimiento de los requisitos por los que se
concedió.
10. Los vehículos para actos en la vía pública, ocupaciones y reservas de espacio, y
vehículos de empresas de mudanzas. cuyo acceso autorice el órgano competente para
autorizar el acto u ocupación.
Requisitos y documentación: Se tramitará de oficio autorización de acceso de los vehículos
autorizados para la realización de actos y ocupaciones en la vía pública, así como para los
vehículos de empresas de mudanzas que hayan obtenido la autorización, del órgano competente
para autorizar ese acto u ocupación, del Ayuntamiento de Getafe para realizar esta actividad.
Límite de vehículos a inscribir: indefinido, según autorización donde consten los datos del vehículo
autorizado y las fechas de inicio y finalización del servicio o evento.
Validez: La vigencia de esos permisos se corresponderá con la de la autorización concedida para
efectuar el acto u ocupación en la vía pública, reserva de espacio o la mudanza.
11. Vehículos de autónomos, microempresas y sus trabajadores (menos de 10 trabajadores),
cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada
en el interior de la ZBE.
Requisitos y documentación La persona titular de la actividad que se ejerza en un local u oficina
ubicada en el interior de la ZBE, se dará de alta para la autorización de los vehículos.
Para la inscripción de la empresa titular del local u oficina:
-
Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe (se aportará o comprobará de oficio),
Certificado de situación censal o declaración responsable.
-
Alta en el IAE del titular.
Una vez efectuada la primera inscripción de solicitud del titular de la actividad que se ejerza en un
local u oficina ubicada en el interior de la ZBE, este será registrado en el sistema de gestión de la
ZBE y será quien tramitará la autorización de los vehículos.
Límite de vehículos a inscribir: El número de autorizaciones por local u oficina estará determinado
por las características de la propia actividad (autónomos o microempresas) que serán
determinadas de forma particular a cada solicitud con un límite máximo de diez autorizaciones.
Validez: Indefinida mientras se mantenga se mantenga el cumplimiento de los requisitos por los
que se concedió.
12. Vehículos de los clientes de talleres, a solicitud de los talleres de reparación de vehículos,
que accedan a los ubicados en la ZBE.
-
Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe (se aportará o comprobará de oficio) o
declaración responsable.
-
Alta en el IAE del titular.
Una vez efectuada la primera inscripción de solicitud del titular del taller ubicado en el interior de la
ZBE, este será registrado en el sistema de gestión de la ZBE y será quien tramitará la autorización
de los vehículos de sus clientes.
Límite de vehículos a inscribir: El número de autorizaciones por taller estará determinado por las
características de la propia actividad y sus instalaciones que serán determinadas de forma
particular a cada solicitud.
BOCM-20250124-60
Requisitos y documentación: La persona titular del taller de reparación de vehículos.