Getafe (BOCM-20250124-60)
Régimen económico. Ordenanza zona bajas emisiones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 20

Validez: Mientras lo esté la correspondiente TEPMR y durante el plazo concedido legalmente para
la renovación de la misma, y se mantengan las condiciones iniciales del vehículo.
4.

Vehículos de los titulares o arrendatarios de plazas de garaje privado.

Requisitos y documentación: Vehículos de la persona propietaria de la plaza de garaje que se
encuentre dentro de la ZBE o la persona que tenga arrendada una plaza de garaje que se
encuentre dentro de la ZBE.
-

En el caso de que la persona solicitante lo haga a título de propietaria de la plaza,
documentación justificativa de la propiedad de forma individualizada de cada una de las
plazas de garaje: escritura de propiedad, nota simple del Registro de la Propiedad,
justificante de pago de IBI.

-

En los casos de propiedades proindiviso de superficies que contienen
estacionamiento deberá aportarse certificación de la persona que ostente la
de la Comunidad de Propietarios del inmueble, o de su administrador/a,
encuentren estas superficies, acreditativa de la disposición de la plaza por
persona interesada.

-

En el caso de que la persona solicitante lo haga a título de arrendataria, contrato de
arrendamiento sobre la plaza o autorización de uso de la plaza, así como acreditación de
la disponibilidad de la plaza por el arrendador (IBI, nota simple o certificación de la
persona que ostente la presidencia de la Comunidad de Propietarios del inmueble).

plazas de
presidencia
en que se
parte de la

Limitación de vehículos: Se dará autorización a dos vehículos por plaza de garaje, si precisan
acceder con otro vehículo distinto a los dados de alta, se podrá solicitar un cambio de matrículas.
Validez: En el caso de que la persona solicitante sea propietaria de la plaza, indefinida mientras se
mantenga la condición de propietaria de la misma. En el caso de que la persona solicitante sea
arrendataria de la plaza, la duración máxima de la autorización será la del contrato de
arrendamiento o autorización.
5.

Vehículos de titulares de plazas de Aparcamientos Municipales para Residentes en el
interior del área.

Requisitos y documentación: Vehículos de la persona titular o arrendataria o con autorización de
uso de las plazas de aparcamientos para residentes del interior de la ZBE. Documentación
justificativa del contrato de uso de la plaza de aparcamiento municipal para residentes, contrato de
arrendamiento o autorización de uso”
Límite de vehículos a inscribir: Se dará autorización a dos vehículos por plaza de garaje, si
precisan acceder con otro vehículo distinto al dado de alta, se podrá solicitar un cambio de
matrícula.
Validez: La autorización tendrá la duración indefinida mientras se mantengan las condiciones.
6.

Vehículos de usuarios abonados de Parking Públicos ubicados en el interior de la Zona de
Bajas Emisiones.

Los parkings adscritos al Sistema de gestión de la ZBE comunicarán de forma automática los
vehículos de sus abonados sin ser necesario el trámite de solicitud por el abonado. En caso de que
el parking no está adscrito y los datos no sean facilitados de forma automática, el usuario abonado
deberá tramitar solicitud de autorización con la documentación justificativa del contrato de abonado
al Parking.
Límite de vehículos a inscribir: Se dará autorización a dos vehículos por plaza de garaje, si
precisan acceder con otro vehículo distinto, se podrá solicitar un cambio de matrícula.

BOCM-20250124-60

Requisitos y documentación: Vehículos de abonados en Parking Público del interior de la ZBE.