Getafe (BOCM-20250124-60)
Régimen económico. Ordenanza zona bajas emisiones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 20

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE ENERO DE 2025

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la matrícula del vehículo y la fecha de finalización de contrato deberá aportarse, además,
el acta de entrega o un certificado de la parte arrendadora en el que consten tales datos.
-

Vehículo de sustitución, se aportará resguardo de depósito u orden de reparación del
vehículo emitida por taller o contrato de sustitución de la aseguradora. En caso de robo,
se aportará denuncia presentada en comisaría o contrato de sustitución de la
aseguradora.

-

Vehículos en usufructo: La persona empadronada titular del derecho de usufructo sobre el
vehículo deberá aportar documento público acreditativo de la constitución del derecho real
de usufructo, en el que conste la persona empadronada como usufructuaria y el vehículo
como cosa usufructuada.

-

Vehículos en régimen de retribución en especie: Se aportará, a través del registro
electrónico o de los medios electrónicos que habilite el Ayuntamiento, comunicación de la
empresa titular o arrendataria del vehículo mediante contrato de renting, leasing o
arrendamiento en la que conste que la persona empadronada es trabajadora por cuenta
ajena empleada de la empresa, que la duración del contrato es al menos la pretendida
para la autorización, que el vehículo constituye retribución en especie del trabajador e
indicando su cuantía. Si dicho vehículo no fuera propiedad del empleador, se aportará
contrato de renting, leasing o arrendamiento en el que conste el empleador como
arrendatario. En el supuesto de que no figurara la matrícula del vehículo y la fecha de
finalización de contrato en el contrato deberá aportarse, además, el acta de entrega o un
certificado de la parte arrendadora en el que consten tales datos.

Validez:
-

Vehículos en propiedad: El permiso de acceso tendrá vigencia mientras se mantenga el
cumplimiento de los requisitos de empadronamiento de la persona titular del vehículo y
del vehículo en un domicilio de Getafe.

-

Vehículo en trámite de adquisición o cambio de titularidad, la autorización tendrá una
duración máxima de dos meses.

-

Vehículo en Renting, leasing o arrendamiento: La vigencia de permiso se ajustará a lo que
disponga el correspondiente contrato.

-

Vehículo de sustitución. Máxima de dos meses

-

Vehículos en usufructo: El permiso se mantendrá en vigor mientras concurran los
requisitos en base a los cuales se concedió.

-

Vehículo en concepto de retribución en especie: El permiso de acceso se concederá
periodos máximos de doce meses contados desde la fecha de su concesión, renovables
mientras se mantenga el régimen retributivo.

3.

Vehículos destinados al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento
para personas con Movilidad Reducida (TEPMR).

-

Personas físicas titulares de Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad
reducida

-

Personas físicas o jurídicas que se dediquen al transporte colectivo de personas con
movilidad reducida.

Límite de vehículos a inscribir: Un solicitante podrá dar de alta tres vehículos. En el caso de
vehículos de transporte colectivo de personas con movilidad reducida no existe limitación de
autorizaciones por solicitante, mientras sea titular de los vehículos inscritos.

BOCM-20250124-60

Requisitos y documentación: Vehículos para ser conducidos por o trasladar a personas con
movilidad reducida que cuenten la respectiva tarjeta de estacionamiento para las personas con
movilidad reducida (TEPMR).