D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250123-11)
Convenio –  Adenda de 27 de diciembre de 2024, al contrato-programa entre el CRTM y Metro de Madrid plurianual 2021-2024. Prórroga del contrato programa para los ejercicios 2025 a 2028. Acuerdo económico para el ejercicio 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 19

JUEVES 23 DE ENERO DE 2025

Pág. 37

Una vez transcurrido el primer semestre si la demanda acumulada experimenta una
desviación, por exceso o por defecto, superior al 3 %, se realizará una nueva previsión de
demanda para el ejercicio 2025 revisándose la tarifa por viajero.
A estos efectos, la demanda estimada acumulada del primer semestre asciende
a 361.298.760 viajes, lo que supone el 51,29 % de la demanda total estimada para 2025.
Por tanto, se procederá a revisar la previsión de demanda siempre que la demanda a 30 de
junio no se encuentre comprendida entre 350.459.797 y 372.137.723 viajes.
Sin perjuicio del acuerdo anterior alcanzado, las variaciones significativas en los costes de explotación no previstas en el presupuesto y no imputables a METRO, darán derecho al estudio de la actualización de la tarifa de mercado.
Siempre que no se modifiquen las condiciones del servicio prestado, es decir, longitud
de la red y número de estaciones, horas de apertura y programa de servicio en las distintas
temporadas, horarios y tipos de día, la tarifa de mercado ha de cubrir, asegurando un marco estable de financiación, y para la demanda prevista en cada año, el incremento de costes
salariales que se pueda derivar de las sucesivas leyes de presupuestos y de los costes de los
servicios y suministros a los que este Contrato compromete a Metro de Madrid.
En el caso de que las previsiones por cancelaciones de los títulos de transporte, emitidos por el CRTM, utilizadas para estimar las aportaciones del CRTM a METRO, no se
cumplan, se seguirán los siguientes criterios:
a) Si la desviación es a la baja (menos cancelaciones que las previstas), hasta el 3 por
100 se asumirán por METRO y el resto por el CRTM. Este límite inferior del 3
por 100 se establece con la justificación de la obligación de METRO de prestar el
servicio de transporte con la frecuencia contratada y para la que Metro ha tenido
que ajustar sus medios de producción, no pudiendo disminuirla, aunque la densidad sea muy inferior a la establecida en el contrato, lo que ha de conllevar que el
CRTM abone, como mínimo, el coste mínimo del servicio contratado. El riesgo
de demanda, por encima de ese servicio mínimo a ofertar, para cumplir con el criterio de densidad máxima de viajeros establecido en el contrato programa será
asumido por METRO, quien deberá velar por el cumplimiento de la densidad
máxima de viajeros establecida en el contrato.
b) Si la desviación es al alza (más cancelaciones que las previstas), hasta el 3 por 100
será abonada por el CRTM y por encima de dicho porcentaje dichas cancelaciones no serán liquidadas por el CRTM. Este riesgo de demanda es asumido directamente por METRO, admitiendo que deberá transportar el exceso de demanda,
aunque no sea remunerado por ello.
En ambos casos, tanto si la desviación es al alza como a la baja, la liquidación de las
desviaciones se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula Sexta.
Cláusula 6. Proceso de Liquidación.
6.1. Liquidación Mensual Provisional.
METRO emitirá, dentro de los diez primeros días de cada mes, una factura a cuenta
por el importe resultante de la aplicación de la tarifa de mercado al número de cancelaciones previstas contenidas en la tabla mostrada a continuación, datos que servirán de estimación a estos efectos.
TABLA DE DEMANDA Y FACTURACIÓN PREVISTA EJERCICIO 2025
DEMANDA
ESTIMADA S/ TOTAL

DEMANDA
MENSUAL

DEMANDA
ACUMULADA

FACTURACIÓN
PREVISTA MENSUAL

FACTURACIÓN
PREVISTA ACUMULADA

Enero

8,50%

59.883.601

59.883.601

85.593.527

85.593.527

Febrero

8,33%

58.695.740

118.579.341

83.895.680

169.489.207

Marzo

9,13%

64.315.106

182.894.447

91.927.617

261.416.824

Abril

8,23%

57.988.839

240.883.286

82.885.284

344.302.108

Mayo

8,79%

61.915.496

302.798.782

88.497.779

432.799.887

Junio

8,31%

58.499.978

361.298.760

83.615.871

516.415.758

Julio

7,34%

51.733.965

413.032.725

73.944.994

590.360.752

Agosto

5,50%

38.765.308

451.798.033

55.408.482

645.769.234

Septiembre

8,61%

60.656.072

512.454.105

86.697.644

732.466.878

Octubre

9,43%

66.450.459

578.904.564

94.979.745

827.446.623

Noviembre

9,13%

64.313.672

643.218.236

91.925.568

919.372.191

Diciembre

8,68%

61.138.931

704.357.167

87.387.810

1.006.760.001

100,00%

704.357.167

TOTAL GENERAL

1.006.760.001

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