D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250118-18)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención para la financiación de 40 viviendas en alquiler en la parcela 3.6A del Plan Parcial UZP1.03 “Ensanche de Vallecas”, en Madrid, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 15

SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025

Pág. 279

percibir la Agencia de Vivienda Social se asigna un importe a cada una de las viviendas en
función de su superficie útil de acuerdo con el siguiente cuadro:
TIPO DE
VIVIENDA

SUP. ÚTIL (M2)

CUANTÍA AYUDA

TOTAL POR
VIVIENDA

Nº DE
VIVIENDAS

VT1

70,52

350,00 €

24.682,00 €

1

24.682,00 €

VT2

58,55

350,00 €

20.492,50 €

1

20.492,50 €

VT3

53,72

350,00 €

18.802,00 €

5

94.010,00 €

VT4

53,55

350,00 €

18.742,50 €

5

93.712,50 €

VT5

65,78

350,00 €

23.023,00 €

14

322.322,00 €

VT6

64,83

350,00 €

22.690,50 €

5

113.452,50 €

VT7

53,25

350,00 €

18.637,50 €

5

93.187,50 €

VT8

72,04

350,00 €

25.214,00 €

1

25.214,00 €

VT9

88,91

350,00 €

31.118,50 €

1

31.118,50 €

VT10

66,97

350,00 €

23.439,50 €

1

23.439,50 €

VT11

82,31

350,00 €

28.808,50 €

1
TOTAL

TOTAL

28.808,50 €
870.439,50 €

Novena
Compatibilidad de la ayuda
Esta subvención es compatible con cualquiera otra subvención concedida por otras
Administraciones para el mismo objeto, siempre que el importe total de las ayudas recibidas no supere el coste total de las actuaciones, y siempre que la regulación de las otras ayudas, ya sean de ámbito nacional o europeo, lo permitan.
Décima
1. El pago de la subvención se realizará de forma distinta a la prevista en el apartado primero del dispongo segundo de la Orden de 20 de marzo de 2024, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de
la Tesorería General de la Comunidad de Madrid para el año 2024, realizándose mediante
anticipo del 80 por ciento y un posterior pago del 20 por ciento, previa solicitud de la Agencia de Vivienda Social tras la suscripción del presente convenio.
2. Tras la suscripción del presente Convenio se realizará un pago anticipado del 80 %
del importe de la subvención, con el fin de que se ejecuten las actuaciones programadas,
siempre que la Agencia de la Vivienda Social lo solicite y acredite estar en posesión de:
a) Documento administrativo acreditativo de la cesión o la concesión administrativa
del suelo, o, en su caso, escritura pública de constitución del derecho de superficie o de titularidad del suelo.
b) Licencia municipal de obra.
c) Certificado de inicio de obra.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 b) de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En segundo lugar, se realizará el pago del 20 por ciento restante, una vez que las viviendas resultantes estuvieren finalizadas, un mínimo del 20 % estén ocupadas en régimen
de cesión en uso o de arrendamiento y se haya producido la anotación registral de la nota
marginal referida en el artículo 25 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se
regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
3. Dicha transferencia, según el artículo 42.2 a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, queda exonerada de la constitución de garantías.
4. El beneficiario procederá a la apertura de una cuenta bancaria diferenciada de
cualquier otra para la gestión exclusiva de los fondos recibidos en concepto de anticipo, que
permita su seguimiento, así como la verificación del destino de la ayuda otorgada.
Decimoprimera
Justificación
1. El pago de la subvención se realizará previa justificación, por la Agencia de Vivienda Social de que las actuaciones financiables se han realizado de conformidad con las

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Puesta a disposición de fondos