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Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas externas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 137
c) Mantener contacto con la persona o personas que ejercen la tutoría y con la persona que ejerce la Dirección de las prácticas externas, si se designan, en la forma en
que se establezca.
d) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
e) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos o
de aquellas actuaciones judiciales o administrativas de las que pudieran tener conocimiento por razón de las prácticas externas realizadas durante su estancia, inclusive una vez finalizadas éstas, para lo cual deberá suscribir el Anexo del presente convenio.
f) En caso de esté establecido, entregar la memoria final en el plazo previsto a la persona que desempeñe la tutoría de la Universidad, a fin de poder superar las prácticas externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas
externas extracurriculares.
2.
El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de aprovechamiento alcanzado.
c) Obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que le afecten.
3. En el lugar donde se realicen las prácticas externas, se nombrará a la persona o
personas que ejercerá/n la tutoría de estas. La misión de estas personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado.
b) Orientar a este en sus dudas y dificultades.
c) Evaluar la actividad del alumno mediante un informe.
4. El alumnado que finalice el período establecido de prácticas externas, recibirá un
certificado, donde consten las horas realizadas, la naturaleza de las actividades llevadas a
cabo y el nivel alcanzado según la persona o personas que ejerzan la tutoría de estas.
La Universidad Comillas emitirá un documento acreditativo a la persona o personas
que ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración prestada en el programa de prácticas externas.
Quinta
1. Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener acceso con la finalidad indicada en el presente convenio de cooperación educativa. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y demás
normativa de desarrollo, el tratamiento de los datos de carácter personal que se derive del presente convenio queda sujeto a lo dispuesto en la normativa legal vigente, obligándose las partes a cumplir cuantas obligaciones le sean exigibles, a no utilizar los datos personales para fines distintos de los previstos en este convenio y a no difundirlos ni cederlos a terceros, ni
siquiera para su conservación. Esta obligación subsistirá con carácter indefinido aun cuando
finalice la vigencia del presente convenio.
2. A estos efectos, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa en materia de
protección de datos, las partes adoptarán las medidas que garanticen una seguridad adecuada de los datos personales con el objeto de evitar el tratamiento no autorizado o ilícito, pérdida, destrucción o daño accidental mediante la aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas.
3. Los datos de carácter personal que faciliten las partes referidos a las personas de
contacto o firmantes, serán tratados con la finalidad de gestionar la relación que se formalice entre ellas, siendo la base legitimadora del tratamiento la ejecución del presente convenio. Los datos facilitados no se cederán a terceros, salvo obligación legal. El titular de los
datos podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación
del tratamiento, portabilidad de datos y, en su caso, a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose por escrito a la dirección de las partes indicadas en este convenio.
4. Si como consecuencia de la suscripción del presente convenio, las partes acceden
y proceden al tratamiento de datos de carácter personal titularidad de la otra, deberán firmar el correspondiente contrato de encargo de tratamiento.
BOCM-20250118-10
Protección de datos
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 137
c) Mantener contacto con la persona o personas que ejercen la tutoría y con la persona que ejerce la Dirección de las prácticas externas, si se designan, en la forma en
que se establezca.
d) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
e) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos o
de aquellas actuaciones judiciales o administrativas de las que pudieran tener conocimiento por razón de las prácticas externas realizadas durante su estancia, inclusive una vez finalizadas éstas, para lo cual deberá suscribir el Anexo del presente convenio.
f) En caso de esté establecido, entregar la memoria final en el plazo previsto a la persona que desempeñe la tutoría de la Universidad, a fin de poder superar las prácticas externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas
externas extracurriculares.
2.
El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de aprovechamiento alcanzado.
c) Obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que le afecten.
3. En el lugar donde se realicen las prácticas externas, se nombrará a la persona o
personas que ejercerá/n la tutoría de estas. La misión de estas personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado.
b) Orientar a este en sus dudas y dificultades.
c) Evaluar la actividad del alumno mediante un informe.
4. El alumnado que finalice el período establecido de prácticas externas, recibirá un
certificado, donde consten las horas realizadas, la naturaleza de las actividades llevadas a
cabo y el nivel alcanzado según la persona o personas que ejerzan la tutoría de estas.
La Universidad Comillas emitirá un documento acreditativo a la persona o personas
que ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración prestada en el programa de prácticas externas.
Quinta
1. Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener acceso con la finalidad indicada en el presente convenio de cooperación educativa. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y demás
normativa de desarrollo, el tratamiento de los datos de carácter personal que se derive del presente convenio queda sujeto a lo dispuesto en la normativa legal vigente, obligándose las partes a cumplir cuantas obligaciones le sean exigibles, a no utilizar los datos personales para fines distintos de los previstos en este convenio y a no difundirlos ni cederlos a terceros, ni
siquiera para su conservación. Esta obligación subsistirá con carácter indefinido aun cuando
finalice la vigencia del presente convenio.
2. A estos efectos, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa en materia de
protección de datos, las partes adoptarán las medidas que garanticen una seguridad adecuada de los datos personales con el objeto de evitar el tratamiento no autorizado o ilícito, pérdida, destrucción o daño accidental mediante la aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas.
3. Los datos de carácter personal que faciliten las partes referidos a las personas de
contacto o firmantes, serán tratados con la finalidad de gestionar la relación que se formalice entre ellas, siendo la base legitimadora del tratamiento la ejecución del presente convenio. Los datos facilitados no se cederán a terceros, salvo obligación legal. El titular de los
datos podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación
del tratamiento, portabilidad de datos y, en su caso, a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose por escrito a la dirección de las partes indicadas en este convenio.
4. Si como consecuencia de la suscripción del presente convenio, las partes acceden
y proceden al tratamiento de datos de carácter personal titularidad de la otra, deberán firmar el correspondiente contrato de encargo de tratamiento.
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Protección de datos