D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250118-20)
Convenio – Convenio de 20 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 2.868.415,08 euros para minimizar el vertido de residuos sin tratamiento previo durante el año 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 15
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 301
Para el cálculo de la subvención, se tendrán en cuenta las toneladas de residuos que reciban tratamiento antes de su vertido, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024,
y se pagará una cantidad de 12 euros por tonelada tratada.
TOTAL TONELADAS
ESTIMADAS 2024 (t)
SUBVENCIÓN
(euros/t)
IMPORTE SUBVENCIÓN
(euros)
239.034,59
12
2.868.415,08
En ningún caso el importe de la subvención superará la cantidad estipulada en la
cláusula segunda.
Quinta
Obligaciones de la mancomunidad
Sexta
Pago, plazo y justificación de la subvención
El plazo máximo de justificación de la realización de la actividad subvencionada por
la Mancomunidad del Este será el 28 de febrero de 2025.
El importe de la subvención será transferido mediante dos pagos, un primer pago de
carácter anticipado, por importe de 2.667.139,60 euros, y un segundo pago de 201.275,48
euros, tras la justificación de la subvención. El primer pago tendrá carácter de anticipo a
BOCM-20250118-20
1. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
2. Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad subvencionada
de conformidad con la cláusula sexta.
3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la entidad concedente y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas, Tribunal de Cuentas, u otros
órganos competentes, y en particular a las derivadas de lo dispuesto en el artículo 12.4 de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
4. Conservar los documentos justificativos recogidos en un registro relativo a los residuos y su peso por cada mes.
5. Comunicar a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que tengan por objeto financiar la
actividad subvencionada, así como cualquier modificación de las condiciones inicialmente
informadas.
6. Aportar la declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, prevé como impeditivas
de la condición de beneficiario.
7. No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
8. Aportar certificado en vigor acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, con carácter previo tanto
a la concesión como a los pagos de la subvención y de acuerdo con lo previsto en la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social por los beneficiarios de las subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid.
9. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Orden, de 14 de enero
de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la acreditación del
cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales de las Entidades Locales de
la Comunidad de Madrid beneficiarias de subvenciones, con carácter previo a los pagos, la
Mancomunidad del Este deberá acreditar el cumplimiento de la obligación de rendición de
cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, mediante la presentación de certificado emitido por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid en
el que se hará constar expresamente que las cuentas de la Mancomunidad del Este han sido
recibidas por el citado organismo.
10. Informar a la Consejería de Medio ambiente, Agricultura e Interior de toda variación que se produzca en la relación de municipios que gestionen sus residuos urbanos a
través de la misma.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 15
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 301
Para el cálculo de la subvención, se tendrán en cuenta las toneladas de residuos que reciban tratamiento antes de su vertido, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024,
y se pagará una cantidad de 12 euros por tonelada tratada.
TOTAL TONELADAS
ESTIMADAS 2024 (t)
SUBVENCIÓN
(euros/t)
IMPORTE SUBVENCIÓN
(euros)
239.034,59
12
2.868.415,08
En ningún caso el importe de la subvención superará la cantidad estipulada en la
cláusula segunda.
Quinta
Obligaciones de la mancomunidad
Sexta
Pago, plazo y justificación de la subvención
El plazo máximo de justificación de la realización de la actividad subvencionada por
la Mancomunidad del Este será el 28 de febrero de 2025.
El importe de la subvención será transferido mediante dos pagos, un primer pago de
carácter anticipado, por importe de 2.667.139,60 euros, y un segundo pago de 201.275,48
euros, tras la justificación de la subvención. El primer pago tendrá carácter de anticipo a
BOCM-20250118-20
1. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
2. Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad subvencionada
de conformidad con la cláusula sexta.
3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la entidad concedente y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas, Tribunal de Cuentas, u otros
órganos competentes, y en particular a las derivadas de lo dispuesto en el artículo 12.4 de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
4. Conservar los documentos justificativos recogidos en un registro relativo a los residuos y su peso por cada mes.
5. Comunicar a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que tengan por objeto financiar la
actividad subvencionada, así como cualquier modificación de las condiciones inicialmente
informadas.
6. Aportar la declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, prevé como impeditivas
de la condición de beneficiario.
7. No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
8. Aportar certificado en vigor acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, con carácter previo tanto
a la concesión como a los pagos de la subvención y de acuerdo con lo previsto en la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social por los beneficiarios de las subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid.
9. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Orden, de 14 de enero
de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la acreditación del
cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales de las Entidades Locales de
la Comunidad de Madrid beneficiarias de subvenciones, con carácter previo a los pagos, la
Mancomunidad del Este deberá acreditar el cumplimiento de la obligación de rendición de
cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, mediante la presentación de certificado emitido por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid en
el que se hará constar expresamente que las cuentas de la Mancomunidad del Este han sido
recibidas por el citado organismo.
10. Informar a la Consejería de Medio ambiente, Agricultura e Interior de toda variación que se produzca en la relación de municipios que gestionen sus residuos urbanos a
través de la misma.