D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250118-20)
Convenio –  Convenio de 20 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 2.868.415,08 euros para minimizar el vertido de residuos sin tratamiento previo durante el año 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 15

Décima
Que la celebración de este convenio ha sido autorizada por el Consejo de Gobierno en
su sesión de 18 de diciembre de 2014.
Decimoprimera
Que en base a lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio que resulta de aplicación del artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que permite la concesión directa de subvenciones cuando se
acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Y en virtud de lo expuesto, suscriben el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El presente convenio tiene por objeto instrumentar la concesión de una subvención
para minimizar el vertido de residuos sin tratamiento previo durante el año 2024, apoyando a los municipios incluidos en la Mancomunidad del Este por el mayor coste soportado,
respecto a los de otras Mancomunidades que aún no disponen de instalaciones similares.
Segunda
Importe de la subvención
La Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior),
aportará a la Mancomunidad del Este un importe de 2.868.415,08 euros (dos millones ochocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos quince euros con ocho céntimos), con cargo a la
posición presupuestaria 46309 “Corporaciones locales” correspondientes al Programa presupuestario 456N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid con la siguiente distribución por anualidades:
— 2024: 2.667.139,60 euros.
— 2025: 201.275,48 euros.
Tercera
Concurrencia de subvenciones
Esta subvención es compatible con otras subvenciones. El importe de la subvención
concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con
otras subvenciones públicas o privadas de la Comunidad de Madrid, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Asimismo, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y en todo
caso la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
La mancomunidad deberá presentar, tras la firma del Convenio, una declaración responsable en relación con otras subvenciones que pudieran concurrir o con la aplicación de
otros fondos para el mismo objetivo y finalidad, con indicación del importe, procedencia y
aplicación de tales fondos.

Gastos subvencionables y cálculo de la subvención
Serán subvencionables los costes en que incurra la mancomunidad destinados a minimizar el vertido de residuos sin tratamiento previo, de forma que se puedan desarrollar adecuadamente las operaciones de tratamiento y eliminación de los residuos domésticos generados en los términos municipales de los municipios que integran la mancomunidad.

BOCM-20250118-20

Cuarta