D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250114-34)
Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Móstoles para la gestión de un centro de emergencia para mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos y personas dependientes
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 11

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE ENERO DE 2025

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especializado definido en la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, y cuya finalidad se desarrollará de acuerdo con las actuaciones relacionadas en la cláusula segunda de este convenio.
La capacidad del Centro de Emergencia es de 16 plazas en total, para mujeres víctimas
de violencia de género, sus hijos y personas dependientes de la mujer. Asimismo, prestará
atención todos los días del año, durante las veinticuatro horas del día.
Ambas partes establecen que las prestaciones y servicios de atención a mujeres víctimas de Violencia de Género objeto del presente convenio se prestarán por el Ayuntamiento de Móstoles, en el Centro de Emergencia, sin perjuicio de las posibles derivaciones, previa conformidad de la Dirección General de Igualdad, a cualquiera de los recursos de la Red
de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
Segunda
Prestaciones y servicios
Los servicios y la atención profesional que comprende este dispositivo de acogida temporal, Centro de Emergencia, con el detalle recogido en el Anexo I, se resume en los siguientes:
— Atención integral en materia de violencia de género: orientación y apoyo psicológico, educativo y social, asesoramiento jurídico y orientación para la inserción/reinserción laboral y apoyo/refuerzo de la autonomía personal.
— Seguridad de los usuarios desde tres enfoques, centrados en garantizar la seguridad e integridad personal de la mujer, de sus hijos y de las personas dependientes
aquélla; preservar el carácter confidencial de los datos personales de todos los
usuarios del centro, a través de los medios técnicos disponibles; y adopción de las
medidas adecuadas para garantizar el carácter reservado de la localización de los
centros en aras a garantizar la seguridad en los mismos.
— Provisión de alojamiento y manutención de las usuarias, sus hijos y personas dependientes de la mujer, en su caso.
— Provisión de gastos corrientes y de primera necesidad, siempre que estén justificados y no puedan ser costeados por la propia interesada por carecer temporalmente de ingresos propios.
El tiempo máximo de estancia en el Centro de Emergencia no podrá exceder de dos
meses.
Tercera
El coste total de este convenio asciende a la cantidad de cuatrocientos cuarenta y ocho
mil noventa y dos euros con dieciséis céntimos (448.092,16 euros).
La financiación a cargo de la Consejería competente en materia de igualdad asciende a
la cantidad de trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos setenta y tres euros con setenta
y tres céntimos (358.473,73 euros), que corresponden al 80 % del coste total del convenio.
La aportación económica a cargo de la Comunidad de Madrid se financia con cargo al
subconcepto 46309 “A Corporaciones Locales”, Programa 232B “Acciones contra la Violencia de Género y Promoción de la Igualdad de Oportunidades, del Presupuesto de Gastos
de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
El Ayuntamiento de Móstoles aportará la cantidad de ochenta y nueve mil seiscientos
dieciocho euros con cuarenta y tres céntimos (89.618,43 euros), es decir, el 20 % del importe total del convenio.
Podrán financiarse por la Comunidad de Madrid con cargo a este convenio las siguientes prestaciones y servicios, con las especificaciones que se establecen en el Anexo I, apartado B) de este convenio:
1) Gestión del Centro de Emergencia.
2) Gastos corrientes asociados al inmueble.
Cuarta
Financiación en el supuesto de obras en el inmueble
En el supuesto de que fuera necesario realizar obras en el inmueble, que imposibiliten
prestar la actividad residencial en la totalidad del recurso, la Entidad Local vendrá obliga-

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Financiación