D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250114-34)
Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Móstoles para la gestión de un centro de emergencia para mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos y personas dependientes
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 11

Cuarto
El presente convenio tiene por finalidad garantizar que los servicios públicos que incumben a las Administraciones Públicas firmantes del mismo, se presten para la consecución de los objetivos que tienen en común.
Quinto
La Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, establece, en su artículo 14.1 d), entre las medidas de asistencia integral a las víctimas de violencia de género, la de atender las necesidades de acogimiento temporal garantizando la manutención, alojamiento, accesibilidad y seguridad de las mismas
en los casos que proceda, estipulando esta norma, en su artículo 16, los dispositivos de acogida temporal a víctimas de violencia de género, entre los que se encuentran los Centros de
Emergencia.
Sexto
El Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, establece que la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales asume las
competencias que ostentaba la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
El Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, dispone en el artículo 2, la adscripción a la Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, de la Dirección General de Igualdad.
Séptimo
A la Dirección General de Igualdad, según el apartado 3 del artículo 9 del citado Decreto y del artículo 35 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, le corresponden, entre otras,
las siguientes competencias:
a) La adopción de medidas dirigidas a prevenir y erradicar cualquier manifestación
de la violencia que se ejerce sobre las mujeres, sus hijos y otras personas dependientes de ellas, trabajando coordinadamente con todas las administraciones públicas implicadas.
c) La adopción de medidas de atención integral a través de la Red de Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género y de la Red de Centros
y Servicios para Mujeres víctimas de violencia de género de la Comunidad de
Madrid, con especial atención a aquéllas que se encuentran en situación de mayor
vulnerabilidad, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la red de Oficinas de
Asistencia a Víctimas de Delito de la Comunidad de Madrid.
Octavo
Desde el año 1992, el Ayuntamiento de Móstoles mantiene la colaboración con la Comunidad de Madrid, a través de sucesivos convenios de colaboración, para la gestión de un
Centro de Emergencia para mujeres víctimas de Violencia de Género y sus hijos e hijas.
El último convenio se suscribió el 27 de diciembre de 2019 y se ha prorrogado desde
entonces, anualmente, hasta el 31 de diciembre de 2024.
En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes, dada la confluencia de intereses, suscribir el presente convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes:

Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Móstoles para la gestión y seguimiento de un Centro de Emergencia para mujeres víctimas de Violencia de Género, sus hijos y personas dependientes de la mujer, como recurso

BOCM-20250114-34

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