C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250113-19)
Plan inspección servicios sociales – Orden 3740/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan de Calidad e Inspección de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid para el período 2025-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 10
Primera. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la mejora de
los sistemas de evaluación y autoevaluación de la calidad de la atención prestada.
Segunda. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la mejora
de la calidad de las evaluaciones sobre la medida de la satisfacción de las personas
usuarias con la atención recibida, acerca de los siguientes aspectos:
x Realización sobre una muestra representativa de las personas usuarias o, en su caso,
de sus familiares o quienes les representen.
x Metodología empleada, incluyendo los apoyos y adaptaciones utilizadas para facilitar
la participación directa de las personas usuarias.
x Análisis de los resultados obtenidos.
x Planificación, a partir de los resultados, de acciones para la mejora de la calidad de la
atención prestada.
Tercera. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la
implantación y utilización de protocolos, registros e indicadores que repercutan en la mejora
de la atención prestada y en el bienestar de las personas usuarias, y que faciliten la
medición integral y continuada del servicio prestado, especialmente en los siguientes
ámbitos:
x Higiene personal.
x Control de salidas y ausencias.
x Traslado a servicios de urgencias.
x Prevención y riesgo de caídas.
x Sugerencias y quejas.
x Movilizaciones y prevención de úlceras por presión.
x Prevención de la incontinencia.
x Alimentación e hidratación.
x Medicación administrada.
x Comunicación con las personas usuarias y, en su caso, con sus familiares o quienes
les representen.
Cuarta. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la
implantación de buenas prácticas de atención, especialmente en los siguientes ámbitos:
x La acogida e incorporación del personal profesional, que permita el conocimiento del
centro y de las personas usuarias.
x El personal de referencia, garantizando la atención personalizada y los cuidados
básicos a la persona en un clima de comunicación, mutua confianza y convivencia.
x Los sistemas activos de comunicación con las personas usuarias y, en su caso, con
los familiares o quienes les representen.
x La protección de la intimidad personal, en especial en las actuaciones del personal
médico, de enfermería y auxiliar.
x La responsabilidad corporativa y la sostenibilidad ambiental.
x Los aspectos éticos.
Quinta. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la
implantación de mecanismos de participación de las personas usuarias.
BOCM-20250113-19
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 10
Primera. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la mejora de
los sistemas de evaluación y autoevaluación de la calidad de la atención prestada.
Segunda. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la mejora
de la calidad de las evaluaciones sobre la medida de la satisfacción de las personas
usuarias con la atención recibida, acerca de los siguientes aspectos:
x Realización sobre una muestra representativa de las personas usuarias o, en su caso,
de sus familiares o quienes les representen.
x Metodología empleada, incluyendo los apoyos y adaptaciones utilizadas para facilitar
la participación directa de las personas usuarias.
x Análisis de los resultados obtenidos.
x Planificación, a partir de los resultados, de acciones para la mejora de la calidad de la
atención prestada.
Tercera. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la
implantación y utilización de protocolos, registros e indicadores que repercutan en la mejora
de la atención prestada y en el bienestar de las personas usuarias, y que faciliten la
medición integral y continuada del servicio prestado, especialmente en los siguientes
ámbitos:
x Higiene personal.
x Control de salidas y ausencias.
x Traslado a servicios de urgencias.
x Prevención y riesgo de caídas.
x Sugerencias y quejas.
x Movilizaciones y prevención de úlceras por presión.
x Prevención de la incontinencia.
x Alimentación e hidratación.
x Medicación administrada.
x Comunicación con las personas usuarias y, en su caso, con sus familiares o quienes
les representen.
Cuarta. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la
implantación de buenas prácticas de atención, especialmente en los siguientes ámbitos:
x La acogida e incorporación del personal profesional, que permita el conocimiento del
centro y de las personas usuarias.
x El personal de referencia, garantizando la atención personalizada y los cuidados
básicos a la persona en un clima de comunicación, mutua confianza y convivencia.
x Los sistemas activos de comunicación con las personas usuarias y, en su caso, con
los familiares o quienes les representen.
x La protección de la intimidad personal, en especial en las actuaciones del personal
médico, de enfermería y auxiliar.
x La responsabilidad corporativa y la sostenibilidad ambiental.
x Los aspectos éticos.
Quinta. Impulsar, en los centros de los sectores considerados prioritarios, la
implantación de mecanismos de participación de las personas usuarias.
BOCM-20250113-19
Pág. 128
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