C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250113-19)
Plan inspección servicios sociales –  Orden 3740/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan de Calidad e Inspección de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid para el período 2025-2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 10

LUNES 13 DE ENERO DE 2025

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x

Las reuniones y comunicaciones con las restantes unidades implicadas en la gestión
de este plan.
x La detección de necesidades previa a la elaboración del Plan de formación de
empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
Para las líneas de responsabilidad del Área de Inspección:
La información contenida en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención
Social de la Comunidad de Madrid.
x La observación y constatación directa llevadas a cabo por el personal inspector.
x La información facilitada por los centros y servicios de atención social relativa al
funcionamiento de los mismos.
x La información facilitada por las personas responsables de los centros y servicios de
atención social, así como la facilitada por los profesionales de los mismos.
x La información facilitada por las personas usuarias de los centros y servicios de
atención social, sus familiares y quienes les representen.
x La información facilitada por las unidades administrativas correspondientes por razón
de la materia y el sector de atención.
x Las reuniones y comunicaciones con las restantes unidades implicadas en la gestión
de este plan.
x La detección de necesidades previa a la elaboración del Plan de formación de
empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
x

7. Indicadores de seguimiento y evaluación.
Para realizar el seguimiento y evaluación de este plan se emplearán, al menos, los
siguientes indicadores.

Línea I. Control del
cumplimiento de las
condiciones mínimas
materiales, funcionales y de
calidad exigidas para el
funcionamiento de los centros
y servicios de atención social

ACTUACIÓN

Primera. Inspeccionar los centros y
servicios inscritos en el Registro de
Entidades, Centros y Servicios de
Atención Social de la Comunidad de
Madrid

Segunda. Inspeccionar todos los
servicios que inicien su actividad
durante la vigencia de este plan en el
plazo máximo de tres meses, a contar
desde que el Área de Inspección tenga
conocimiento de su inscripción en el

INDICADOR
N.º inspecciones realizadas
Resultado de las inspecciones:
- Cumplimiento generalizado
- Deficiencias observadas
- Otros
N.º inspecciones en horario nocturno,
fines de semana y festivos.
% centros residenciales y de atención
diurna inspeccionados al menos una vez
al año
% centros residenciales de atención a
los sectores considerados prioritarios
inspeccionados dos veces al año
% servicios de tipología considerada
prioritaria inspeccionados al menos una
vez al año
% servicios de tipología no considerada
prioritaria inspeccionados al menos una
vez al año
N.º servicios que inician su actividad
durante la vigencia de este plan
% servicios que inician su actividad
durante la vigencia de este plan
inspeccionados en el plazo máximo de
tres meses desde que el Área de

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