C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250113-19)
Plan inspección servicios sociales – Orden 3740/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan de Calidad e Inspección de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid para el período 2025-2026
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 10
6. Metodología de actuación.
Para la comprobación, control, análisis, medición o impulso establecido en las diferentes
líneas de actuación, se potenciará la utilización de los medios tecnológicos de información
y comunicación que garanticen la transparencia, seguridad y fiabilidad de las actuaciones
efectuadas, así como una mayor agilidad, inmediatez y eficacia en la comunicación y
asesoramiento a las personas implicadas en la gestión de los centros y servicios de
atención social.
Asimismo, se aplicarán, por las unidades responsables del cumplimiento de los objetivos
y líneas de este plan, los protocolos y criterios que garanticen una actuación y recogida de
información homogénea. A tal efecto, por ejemplo, se incluirán en los formularios de las
actas de inspección los contenidos necesarios que faciliten el cumplimiento de los objetivos
de aquél.
Finalmente, para la consecución de las actuaciones establecidas en cada una de las
líneas, se podrán utilizar los siguientes medios de comprobación e información:
Para las líneas de responsabilidad del Área de Registro y Gestión Técnico Administrativa:
La información contenida en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención
social de la Comunidad de Madrid.
x El conocimiento actualizado de los recursos sociales existentes en la Comunidad de
Madrid.
x Las solicitudes de asesoramiento al personal directivo o a las personas responsables
de los centros y servicios de atención social que soliciten autorización administrativa
o realicen la preceptiva comunicación previa.
x La información facilitada por las unidades administrativas correspondientes por razón
de la materia y el sector de atención.
x Las reuniones y comunicaciones con las restantes unidades implicadas en la gestión
de este plan.
x La detección de necesidades previa a la elaboración del plan de formación de
empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
x
Para las líneas de responsabilidad del Área de Impulso de la Calidad.
La información contenida en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención
Social de la Comunidad de Madrid.
x La observación y constatación directa llevadas a cabo por el personal técnico del Área.
x La información facilitada por los centros y servicios de atención social relativa a los
sistemas de obtención, evaluación y análisis de los resultados referidos a la
satisfacción de las personas usuarias.
x La información facilitada por la empresa adjudicataria del contrato de mejora continua
del servicio de restauración ofrecido en las residencias de personas mayores.
x La información facilitada por las personas responsables de los centros y servicios de
atención social, así como la facilitada por los profesionales de estos.
x La información facilitada por las personas usuarias de los centros y servicios de
atención social, sus familiares y quienes les representen.
x La información facilitada por las unidades administrativas correspondientes por razón
de la materia y el sector de atención.
BOCM-20250113-19
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Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 10
6. Metodología de actuación.
Para la comprobación, control, análisis, medición o impulso establecido en las diferentes
líneas de actuación, se potenciará la utilización de los medios tecnológicos de información
y comunicación que garanticen la transparencia, seguridad y fiabilidad de las actuaciones
efectuadas, así como una mayor agilidad, inmediatez y eficacia en la comunicación y
asesoramiento a las personas implicadas en la gestión de los centros y servicios de
atención social.
Asimismo, se aplicarán, por las unidades responsables del cumplimiento de los objetivos
y líneas de este plan, los protocolos y criterios que garanticen una actuación y recogida de
información homogénea. A tal efecto, por ejemplo, se incluirán en los formularios de las
actas de inspección los contenidos necesarios que faciliten el cumplimiento de los objetivos
de aquél.
Finalmente, para la consecución de las actuaciones establecidas en cada una de las
líneas, se podrán utilizar los siguientes medios de comprobación e información:
Para las líneas de responsabilidad del Área de Registro y Gestión Técnico Administrativa:
La información contenida en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención
social de la Comunidad de Madrid.
x El conocimiento actualizado de los recursos sociales existentes en la Comunidad de
Madrid.
x Las solicitudes de asesoramiento al personal directivo o a las personas responsables
de los centros y servicios de atención social que soliciten autorización administrativa
o realicen la preceptiva comunicación previa.
x La información facilitada por las unidades administrativas correspondientes por razón
de la materia y el sector de atención.
x Las reuniones y comunicaciones con las restantes unidades implicadas en la gestión
de este plan.
x La detección de necesidades previa a la elaboración del plan de formación de
empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
x
Para las líneas de responsabilidad del Área de Impulso de la Calidad.
La información contenida en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención
Social de la Comunidad de Madrid.
x La observación y constatación directa llevadas a cabo por el personal técnico del Área.
x La información facilitada por los centros y servicios de atención social relativa a los
sistemas de obtención, evaluación y análisis de los resultados referidos a la
satisfacción de las personas usuarias.
x La información facilitada por la empresa adjudicataria del contrato de mejora continua
del servicio de restauración ofrecido en las residencias de personas mayores.
x La información facilitada por las personas responsables de los centros y servicios de
atención social, así como la facilitada por los profesionales de estos.
x La información facilitada por las personas usuarias de los centros y servicios de
atención social, sus familiares y quienes les representen.
x La información facilitada por las unidades administrativas correspondientes por razón
de la materia y el sector de atención.
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