D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250113-24)
Convenio –  Convenio administrativo de 16 de diciembre de 2024, para la renovación de la Cátedra de Investigación en Movilidad Sostenible bajo la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 162

LUNES 13 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 10

9. Condiciones económicas
9.1. La Sociedad se compromete a colaborar económicamente con la Universidad en
la creación de la Cátedra, a través de 40.000 euros (cuarenta mil euros), que las Partes manifiestan no excede de la cantidad en la que se cifran los costes y gastos derivados de la ejecución del Convenio.
9.2. Esta cantidad se hará efectiva en su totalidad en el primer trimestre de cada año.
9.3. El abono de dichas cantidades se hará efectivo mediante transferencia bancaria
en la c/c número ES36 2100 9194 1722 0060 0055 de La Caixa, paseo Castellana, número
51, planta 3, 28046 Madrid, a nombre de Universidad Politécnica de Madrid-Investigación
Transferencia Tecnológica.
10. Datos de contacto
A efectos de cualquier comunicación, aviso o factura relativa al presente Convenio, se
establecen las siguientes direcciones:
UPM:
— Contacto: Adjunto al Vicerrector de Investigación.
— Dirección: calle Ramiro de Maeztu, número 7; 28040 Madrid.
— Teléfono: 913 366 192.
— E-mail: otri.investigacion@upm.es
CRTM:
— Contacto: Director de Planificación Estratégica y Explotación.
— Dirección: plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3; 28003 Madrid.
— Teléfono: 915 804 568.
— E-mail: franciscojavier.gomez.lopez@madrid.org
11. Difusión de la colaboración
11.1. Las Partes son libres de difundir la existencia de este Convenio, su objeto y fines. No obstante, la difusión de la colaboración en asociación con elementos publicitarios
de productos o servicios de la Sociedad requerirá la aprobación previa y por escrito de la
Universidad.
11.2. La Sociedad se compromete a posibilitar a la Universidad, previa solicitud de
esta a la Sociedad y bajo su autorización expresa y escrita, la utilización de sus logos y/o
signos distintivos para la difusión de su colaboración. La Sociedad autoriza en este acto a
la Universidad a incluir información de la Cátedra en la página web de la UPM utilizando
sus logos y/o signos distintivos.
11.3. De la misma forma, la Universidad se compromete a posibilitar a la Sociedad,
previa solicitud de esta a la Universidad y bajo su autorización expresa y escrita, la utilización de sus logos y/o signos distintivos para la difusión de su colaboración.
12.1. Cada una de las Partes conservará todos sus derechos de propiedad intelectual
e industrial previos al Convenio, así como los desarrollados coetáneamente, pero de forma
independiente a él. Si alguno de ellos fuese necesario para la consecución de los fines de la
Cátedra y no se hubiese identificado entre las aportaciones de las Partes en la cláusula 3, la
Parte titular se compromete a analizar la forma de ponerlo a disposición de la Cátedra, en
términos y condiciones a acordar.
12.2. Si la Cátedra condujese a resultados protegibles por propiedad intelectual o industrial, sus derechos corresponderán a la Parte que haya creado cada resultado. Si un resultado fuese de creación conjunta, los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de esa parte conjunta corresponderán en cotitularidad a las Partes en un porcentaje
igual a su contribución en la creación o, si no fuese posible determinar la contribución de
cada Parte, a partes iguales. La cotitularidad se regulará por las reglas dispuestas legalmente para los bienes en cotitularidad en función del tipo de activo de que se trate, aunque las
Partes podrán acordar por escrito condiciones particulares.
13. Modificaciones
13.1. Ninguna modificación de este Convenio afectará a las Partes salvo que dicha
modificación se plasme por escrito en una adenda modificativa firmada por los representantes autorizados de las Partes.

BOCM-20250113-24

12. Propiedad intelectual e industrial