Meco (BOCM-20250110-65)
Urbanismo. Plan sectorización
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 648

VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 8

Art. 25. Cuantificación de las redes públicas generales.
1.
Las redes públicas generales determinadas por el Plan de Sectorización se desglosan por
tipo y superficie en la siguiente tabla:

SUPERFICIE
NETA m2s

PORCENTAJE
EN SECTOR

m2 POR CADA
100 m2e

ESPACIOS LIBRES. ZONAS VERDES (ZV)

302.359,65

11,8064%

32,77

PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS (PINF)

131.621,40

5,1395%

14,27

68.534,36

2,6761%

7,43

RED VIARIA / INFRAESTRUCTURAS (RV)

291.823,35

11,3950%

31,63

EQUIPAMIENTO PÚBLICO (EQ)

101.310,09

3,9559%

10,98

895.648,85

34,9730%

97,08

RESUMEN DE REDES PÚBLICAS GENERALES
REDES GENERALES

PASILLO ELÉCTRICO/INFRAESTRUCTURAS (PE)

TOTAL REDES GENERALES:

2.
La disposición geográfica vinculante es la que se define en los planos de ordenación
relativos a la estructura general del sector.
Art. 26. Ordenación de las redes públicas generales.
1.
Se determina con carácter finalista la ordenación de los suelos destinados por el plan a
redes públicas generales, y que estructuran el sector.
Las condiciones de ordenación se ordenan a través de la zona urbanística correspondiente que se
determina en el Capítulo 4.2. de esta Normativa Urbanísticas
2.
En todo caso, la ordenación se enmarca en la prevista por el Plan general para suelo
urbano, adaptada a las circunstancias específicas y singularidades del sector.
Art. 27. Estructura local.
1.
Derivado del carácter del sector, industrial, no se deriva la necesidad de reserva de redes
públicas locales. Solamente se deduce la reserva de redes locales de la fracción de edificabilidad
destinada por el plan al uso terciario empresarial.
2.
El conjunto de suelos que constituyen las reservas para redes públicas locales, de
conformidad con las determinaciones del Plan General que se desarrolla, se evalúa en 30 metros
cuadrados de suelo por cada 100 metros cuadrados de edificabilidad lucrativa en el sector
destinada al uso terciario empresarial.
3.

El destino de este suelo es el de zona verde ajardinada en una única fracción de suelo.

Art. 28. Cuantificación de las redes públicas locales.
1.
Las redes públicas locales determinadas por el Plan de Sectorización se desglosan por
tipo y superficie en la siguiente tabla:

RESUMEN DE REDES PÚBLICAS LOCALES

PORCENTAJE
EN SECTOR

m2 POR
CADA
100 m2e

6.873,70

0,2684%

0,75

0,00

0,0000%

0,00

6.873,70

0,2684%

0,75

6.873,70

0,2684%

30,00

0,00

0,0000%

0,00

6.873,70

0,2684%

30,00

SUP.
NETA
m2s

REDES LOCALES
ZONAS VERDES Y AJARDINADAS
EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURAS
TOTAL REDES LOCALES:
REDES LOCALES (Sobre usos no industriales)
ZONAS VERDES Y AJARDINADAS
EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURAS
TOTAL REDES LOCALES:

Art. 29. Ordenación de las redes públicas locales.
1.
Derivado de que se define la ordenación pormenorizada en el capítulo 4.2. de esta
Normativa Urbanísticas se determina con carácter finalista la ordenación de los suelos destinados
por el Plan a Redes públicas Generales.
2.
En todo caso, la ordenación se enmarca en la prevista por el Plan general para suelo
urbano, adaptada a las circunstancias específicas y singularidades del sector.

BOCM-20250110-65

2.
La disposición geográfica vinculante es la que se define en los planos de ordenación
relativos a la estructura general del sector.