Meco (BOCM-20250110-65)
Urbanismo. Plan sectorización
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 689
energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias
EA-01 a EA-07, así como a los objetivos contemplados en la Disposición Adicional Cuarta de la
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. En particular, el
alumbrado público debe cumplir los requisitos de la Sección 9. Recomendaciones sobre los límites
del resplandor del cielo de CIE 126 -1997, Directrices para minimizar el resplandor del cielo o su
equivalente local (ITC-EA-03).
En materia de protección de la contaminación lumínica, el Proyecto de urbanización
contemplará las siguientes determinaciones:
x
Establecimiento de variaciones temporales de los niveles de iluminación.
x
Se incluirá un catálogo de elementos de iluminación normalizados, a partir del cual se
propondrán las diferentes soluciones.
x
Se emplearán lámparas con diseño específico para cada tipo de ámbito y estructura de
paisaje, teniendo en cuenta las características propias de estos elementos y los objetivos
paisajísticos que se pretenden conseguir. Evitar la implantación de columnas de gran altura para
alumbrado público, salvo cuando otras exigencias así lo aconsejen.
x
Utilizar luminarias con valores mínimos de emisión de luz por encima del plano horizontal,
rechazando aquellas luminarias que emitan valores superiores a un determinado porcentaje de luz
por encima de dicho plano.
x
Para que el deslumbramiento sea mínimo, el haz de luz se ha de dirigir hacia abajo,
manteniéndolo por debajo de 70º. Si se eleva la altura de montaje, debería disminuirse el ángulo
del haz de rayos luminosos
x
Se utilizarán lámparas con la temperatura de color adecuada, aptas para percibir los
colores con cierta fidelidad.
x
Se priorizará la iluminación de las áreas peatonales a las rodadas.
x
Se procurarán diseños que eviten el derroche energético, evitando expresamente la
dispersión lumínica a edificios cercanos o hacia el cielo. De acuerdo con lo anterior, se deberá
estudiar la posibilidad de coordinar la iluminación pública con la privada (aunque el alumbrado
público no debe de proyectarse en función del privado).
x
En las áreas de menor requerimiento lumínico, previamente definidas, se rebajará la
intensidad luminosa, mediante diseños que busquen una iluminación más ambiental, buscando el
ahorro energético, acabar con la iluminación superflua y reducir la contaminación lumínica, tanto la
que afecta a las viviendas colindantes como al cielo nocturno en general, sin menoscabo de la
sensación de seguridad de los viandantes.
x
Se debe de priorizar la eficiencia lumínica frente a diseños que sean más contaminantes o
con bajos rendimientos luminosos.
x
Se evitará el uso de lámparas vapor de mercurio.
x
La carcasa será cerrada y opaca, de modo que evite proyecciones cenitales y que impida
sobresalir al elemento refractor.
x
La disposición y orientación de las fuentes de luz evitará que ésta incida en zonas
exteriores al Plan.
Además de las medidas indicadas en materia de protección del medio nocturno, se proponen
además las siguientes recomendaciones:
x
Orientar la luz en la dirección de los elementos que se pretenden iluminar, mediante
luminarias que eviten por completo la emisión de luz en direcciones indeseadas.
No iluminar las zonas con vegetación donde puede refugiarse especies de fauna.
x
Utilizar luminarias adecuadas para evitar afectar los hábitos de las especies nocturnas.
Favoreciendo, en la medida de lo posible en función del proyecto y sus necesidades de
iluminación, que durante las horas nocturnas se mantengan las condiciones naturales de luz.
x
Utilizar lámparas con una dimensión espectral máxima en las que las longitudes de onda
el ojo humano tiene mayor sensibilidad.
BOCM-20250110-65
x
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 689
energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias
EA-01 a EA-07, así como a los objetivos contemplados en la Disposición Adicional Cuarta de la
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. En particular, el
alumbrado público debe cumplir los requisitos de la Sección 9. Recomendaciones sobre los límites
del resplandor del cielo de CIE 126 -1997, Directrices para minimizar el resplandor del cielo o su
equivalente local (ITC-EA-03).
En materia de protección de la contaminación lumínica, el Proyecto de urbanización
contemplará las siguientes determinaciones:
x
Establecimiento de variaciones temporales de los niveles de iluminación.
x
Se incluirá un catálogo de elementos de iluminación normalizados, a partir del cual se
propondrán las diferentes soluciones.
x
Se emplearán lámparas con diseño específico para cada tipo de ámbito y estructura de
paisaje, teniendo en cuenta las características propias de estos elementos y los objetivos
paisajísticos que se pretenden conseguir. Evitar la implantación de columnas de gran altura para
alumbrado público, salvo cuando otras exigencias así lo aconsejen.
x
Utilizar luminarias con valores mínimos de emisión de luz por encima del plano horizontal,
rechazando aquellas luminarias que emitan valores superiores a un determinado porcentaje de luz
por encima de dicho plano.
x
Para que el deslumbramiento sea mínimo, el haz de luz se ha de dirigir hacia abajo,
manteniéndolo por debajo de 70º. Si se eleva la altura de montaje, debería disminuirse el ángulo
del haz de rayos luminosos
x
Se utilizarán lámparas con la temperatura de color adecuada, aptas para percibir los
colores con cierta fidelidad.
x
Se priorizará la iluminación de las áreas peatonales a las rodadas.
x
Se procurarán diseños que eviten el derroche energético, evitando expresamente la
dispersión lumínica a edificios cercanos o hacia el cielo. De acuerdo con lo anterior, se deberá
estudiar la posibilidad de coordinar la iluminación pública con la privada (aunque el alumbrado
público no debe de proyectarse en función del privado).
x
En las áreas de menor requerimiento lumínico, previamente definidas, se rebajará la
intensidad luminosa, mediante diseños que busquen una iluminación más ambiental, buscando el
ahorro energético, acabar con la iluminación superflua y reducir la contaminación lumínica, tanto la
que afecta a las viviendas colindantes como al cielo nocturno en general, sin menoscabo de la
sensación de seguridad de los viandantes.
x
Se debe de priorizar la eficiencia lumínica frente a diseños que sean más contaminantes o
con bajos rendimientos luminosos.
x
Se evitará el uso de lámparas vapor de mercurio.
x
La carcasa será cerrada y opaca, de modo que evite proyecciones cenitales y que impida
sobresalir al elemento refractor.
x
La disposición y orientación de las fuentes de luz evitará que ésta incida en zonas
exteriores al Plan.
Además de las medidas indicadas en materia de protección del medio nocturno, se proponen
además las siguientes recomendaciones:
x
Orientar la luz en la dirección de los elementos que se pretenden iluminar, mediante
luminarias que eviten por completo la emisión de luz en direcciones indeseadas.
No iluminar las zonas con vegetación donde puede refugiarse especies de fauna.
x
Utilizar luminarias adecuadas para evitar afectar los hábitos de las especies nocturnas.
Favoreciendo, en la medida de lo posible en función del proyecto y sus necesidades de
iluminación, que durante las horas nocturnas se mantengan las condiciones naturales de luz.
x
Utilizar lámparas con una dimensión espectral máxima en las que las longitudes de onda
el ojo humano tiene mayor sensibilidad.
BOCM-20250110-65
x