Meco (BOCM-20250110-65)
Urbanismo. Plan sectorización
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BOCM

VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

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energética. Además de su consideración, para disminuir el consumo energético, se fomentará el
empleo de energías renovables, especialmente en lo que se refiere al suministro eléctrico de las
instalaciones auxiliares de la obra.
B)
Fase de operación.
Se adoptarán las siguientes medidas:
El Proyecto de Urbanización deberá contemplar la máxima calificación energética del
alumbrado exterior según la Instrucción Técnica Complementaria “ITC – EA – 01 Eficiencia
Energética” del “Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior”
aprobado por el Real Decreto 1890/2008, o normativa que lo sustituya.
El Proyecto de Urbanización deberá prever la implantación de estos sistemas
automatizados para el control de iluminación eléctrica en zonas comunes que mejoran no solo la
eficiencia energética, sino que también reducen el coste económico. Las ventajas de la iluminación
bioclimática consisten en que prolongan la vida útil de las luminarias, incrementan la productividad
y el confort de las personas, y permiten lograr espacios adaptados y personalizables.
Se deberá reservar un mínimo del 10% de las plazas de aparcamiento en viario público a
aquellas asociadas a la incentivación de modos de transporte alternativos como vehículos
eléctricos o similares. Se deberán proporcionar instalaciones de recarga de vehículos eléctricos,
y/o futura tecnología limpia cero emisiones, para un mínimo del 10% de las plazas de
aparcamiento.
Los Proyectos de Edificación deberán incluir un estudio y/o anexo específico sobre
medidas pasivas, ahorro, eficiencia y descarbonización, basado en los principios de electrificación
y disminución de la demanda energética, el uso de instalaciones centralizadas eficientes y el
aprovechamiento de energías renovables “in situ”, con el objetivo de garantizar que el edificio
cumpla el nivel más alto de calificación energética vigente, superando el estándar de “edificio de
consumo energético casi nulo” y aspirando a conseguir edificios de energía positiva. En dicho
estudio se justificará el cumplimiento del nivel más alto de calificación energética según la
normativa local/nacional que trasponga la Directiva (UE) 2018/844 y las directrices posteriores
(EPBD) que vengan a sustituirla o modificarla.
Los Proyectos de Edificación deberán estudiar la conveniencia de reservar superficies
para la generación distribuida de energía eléctrica o sistemas de generación de energía renovable,
que podrán quedar integrados en los elementos constructivos de forma que se permita el uso
transitable de la cubierta.
En particular, se recomiendan las instalaciones fotovoltaicas en la cubierta de las edificaciones,
dado que estos sistemas tienen la ventaja de generar su electricidad en el punto de consumo,
intercambiando de forma bidireccional con la red eléctrica tanto los excedentes de energía cómo la
energía necesaria cuando la producción fotovoltaica sea menor que la demanda, pudiendo llegar a
generar excedentes netos (ver anexo XVI del Estudio Ambiental Estratégico).
Asimismo, se recomienda que en el Proyecto de Urbanización se estudie la opción de implantar
instalaciones fotovoltaicas tanto en las zonas de aparcamiento de los viales públicos como en las
áreas de aparcamiento logístico, bien mediante marquesinas de aparcamiento o utilizando algún
otro tipo de cubierta que lo permita.
Para el aprovechamiento energético y de la iluminación natural se deben tener en cuenta
consideraciones como reducir la superficie de piel exterior, obtener una buena exposición solar,
utilizar filtros solares (persianas, lamas y celosías), pintar de color claro o utilizar materiales pulidos
de baja dispersión de la luz en las paredes, etc.
Para reducir el consumo de energía y las emisiones contaminantes, se introducirán
sistemas de control lumínico y térmico y se incorporarán equipos de alta eficiencia energética.
En las parcelas de los usos industriales logísticos se deberán proporcionar instalaciones
de recarga de vehículos eléctricos y/o futura tecnología limpia cero emisiones para un mínimo de 1
punto de recarga de 3.68 kW por cada 40 plazas de aparcamiento, según marca el Reglamento
Electrotécnico de Baja Tensión. Las instalaciones de recarga deben estar dotadas de sistemas de
recarga inteligente que permita que las baterías de estos vehículos funcionen como acumuladores
de energía renovable.
Se evaluará la conveniencia de acreditar la sostenibilidad de las edificaciones con la
certificación Breeam (Building Research Assessment Methodology) o similar (Leed,
Passivhaus,…).

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B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID