Meco (BOCM-20250110-65)
Urbanismo. Plan sectorización
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 686

VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 8

Art. 63. Ruido.
A)

Fase de construcción.

Se adoptarán las siguientes medidas:

-

Se establecerán viales de acceso para los transportes de materiales de cantera y los
elementos constructivos que discurran por zonas que produzcan un mínimo de molestias a la
población residente.

-

Seleccionar y utilizar máquinas y herramientas lo más silenciosas posibles.

-

Insonorizar la maquinaria de apoyo a la obra que genere más ruido, recurriendo, por
ejemplo, a la utilización de silenciadores en maquinaria con sistemas de combustión interna o de
presión de aire.

-

Seleccionar, siempre que sea posible, técnicas y procesos constructivos que generen
menos ruido y menos vibraciones.

-

Respetar los límites de velocidad impuestos en las de vías de circulación de acceso a la

obra.

-

Exigir la ficha de Inspección Técnica de todas las máquinas que vayan a emplearse en la
ejecución de las obras, para evitar el empleo de maquinaria que exceda los límites que establece
la Reglamentación vigente.

-

Realización de las operaciones de mantenimiento de la maquinaria en los plazos y forma
adecuada, para garantizar que las emisiones acústicas de las mismas se mantengan en los
valores que sirvieron para su homologación inicial según las directivas europeas y reglamentación
nacional de aplicación.

-

Efectuar una monitorización de la emisión de ruidos durante el transcurso de las obras,
que incluya campañas de medición y/o monitorización periódica de los niveles acústicos, para así
verificar el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que establezca la normativa en vigor
y, en su caso, establecer las medidas correctoras necesarias que garanticen el cumplimiento de
dichos objetivos.
B)

Fase de operación.

Se adoptarán las siguientes acciones:

BOCM-20250110-65

Para dar respuesta a la demanda de protección acústica en las zonas próximas a los
núcleos residenciales colindantes con el sector, en sus extremo nororiental y suroccidental, se ha
de disponer una zona verde, con una anchura mínima de 60 metros, en la que se asiente un
caballón de por lo menos 4-5 metros de altura. Además, el referido caballón estará terminado a
base de vegetación arbustiva y arbórea que ejercerá una acción fonoabsorbente complementaria,
según se desprende de las experiencias realizadas dentro del proyecto de investigación Hosanna,
financiado por la Unión Europea, en el que se concluyó que las pantallas acústicas naturales a
base de plantas también sirven para proteger a los residentes del ruido.