Meco (BOCM-20250110-65)
Urbanismo. Plan sectorización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 8
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 683
Sin perjuicio de lo anterior, su carácter infraestructural lineal, permitirá el acceso rodado a las
parcelas en que esta franja de terreno se interponga entre el viario y las citadas parcelas.
2.
Grados.
A efectos de la consideración de esta zona de ordenación no se establecen grados.
3.
Tipologías edificatorias.
No se permiten edificaciones.
4.
Condiciones de parcelación.
Las parcelas previstas en la ordenación pormenorizada se consideran parcelas netas e indivisibles
a cualquier efecto.
5.
Condiciones de volumen edificable.
No se permiten.
6.
Condiciones de posición de la edificación en la parcela.
- Alineaciones oficiales: Son las que se fijan en los correspondientes planos de ordenación, como
separación entre las diferentes zonas entre sí o con el espacio de dominio y uso público.
7.
Condiciones de uso.
- Principal o característico:
Zonas libres (protección).
- Prohibidos:
Resto de usos.
8.
Otras Condiciones.
Condiciones específicas medioambientales dentro de las parcelas:
Con carácter general, se estará a las determinaciones que se adjuntan en el Capítulo 4.3., relativo
a medidas generales de protección del medio ambiente.
Permitirá el acceso rodado a las parcelas en que esta franja de terreno se interponga entre el viario
y las citadas parcelas.
3.
Medidas generales de protección del medio ambiente.
Derivado de las conclusiones del Estudio Ambiental Estratégico, se deducen las siguientes
medidas de protección, tanto en fase de ejecución del planeamiento como en fase de explotación
del mismo.
Las medidas deben ser tenidas en consideración en los diferentes documentos técnicos que
desarrollen esta planificación, en los que se incluirá tanto la fase de obras como el posterior
sistema de operación, por lo que también deben reflejarse en los documentos presupuestarios y
financieros de los mismos.
3.1. Medidas de cambio climático.
La mitigación busca mejorar el balance entre emisiones de gases de efecto invernadero e
inmisiones de estos gases a través de sumideros. Dado que dichas emisiones e inmisiones son en
conjunto de carácter continuo, en contraposición con gran parte de las acciones de adaptación,
que buscan mejorar la resiliencia frente a episodios puntuales, su gestión debe basarse en la
aplicación de toda una serie de determinaciones como las que a continuación se exponen.
A)
Fase de construcción
Durante la realización de estas actuaciones se observarán las siguientes medidas tendentes a
reducir las emisiones fugitivas de polvo:
Antes del inicio de las obras se elaborará un plan para el transporte terrestre de los
materiales desde las zonas de procedencia hasta el entorno de la obra.
BOCM-20250110-65
Art. 61. Calidad del aire.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 8
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 683
Sin perjuicio de lo anterior, su carácter infraestructural lineal, permitirá el acceso rodado a las
parcelas en que esta franja de terreno se interponga entre el viario y las citadas parcelas.
2.
Grados.
A efectos de la consideración de esta zona de ordenación no se establecen grados.
3.
Tipologías edificatorias.
No se permiten edificaciones.
4.
Condiciones de parcelación.
Las parcelas previstas en la ordenación pormenorizada se consideran parcelas netas e indivisibles
a cualquier efecto.
5.
Condiciones de volumen edificable.
No se permiten.
6.
Condiciones de posición de la edificación en la parcela.
- Alineaciones oficiales: Son las que se fijan en los correspondientes planos de ordenación, como
separación entre las diferentes zonas entre sí o con el espacio de dominio y uso público.
7.
Condiciones de uso.
- Principal o característico:
Zonas libres (protección).
- Prohibidos:
Resto de usos.
8.
Otras Condiciones.
Condiciones específicas medioambientales dentro de las parcelas:
Con carácter general, se estará a las determinaciones que se adjuntan en el Capítulo 4.3., relativo
a medidas generales de protección del medio ambiente.
Permitirá el acceso rodado a las parcelas en que esta franja de terreno se interponga entre el viario
y las citadas parcelas.
3.
Medidas generales de protección del medio ambiente.
Derivado de las conclusiones del Estudio Ambiental Estratégico, se deducen las siguientes
medidas de protección, tanto en fase de ejecución del planeamiento como en fase de explotación
del mismo.
Las medidas deben ser tenidas en consideración en los diferentes documentos técnicos que
desarrollen esta planificación, en los que se incluirá tanto la fase de obras como el posterior
sistema de operación, por lo que también deben reflejarse en los documentos presupuestarios y
financieros de los mismos.
3.1. Medidas de cambio climático.
La mitigación busca mejorar el balance entre emisiones de gases de efecto invernadero e
inmisiones de estos gases a través de sumideros. Dado que dichas emisiones e inmisiones son en
conjunto de carácter continuo, en contraposición con gran parte de las acciones de adaptación,
que buscan mejorar la resiliencia frente a episodios puntuales, su gestión debe basarse en la
aplicación de toda una serie de determinaciones como las que a continuación se exponen.
A)
Fase de construcción
Durante la realización de estas actuaciones se observarán las siguientes medidas tendentes a
reducir las emisiones fugitivas de polvo:
Antes del inicio de las obras se elaborará un plan para el transporte terrestre de los
materiales desde las zonas de procedencia hasta el entorno de la obra.
BOCM-20250110-65
Art. 61. Calidad del aire.