B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250110-6)
Plan de Formación – Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y da publicidad al Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para 2025 y se abre el plazo de presentación de solicitudes de participación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 54
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 8
Segundo.- Destinatarios.
Podrán participar en las actividades formativas integradas dentro del proyecto de
autoformación todos los empleados públicos incluidos en el ámbito del presente
plan, sin perjuicio de que, de manera singularizada, por la especial naturaleza o
peculiaridades propias de alguna de aquéllas, se pueda exigir un perfil específico
determinado.
Tercero.- Características de las acciones formativas.
Con carácter general, las actividades formativas del proyecto de autoformación
estarán compuestas por contenidos multimedia actualizados y, en su caso,
actividades de corrección automática, acompañados cuando proceda de toda la
documentación descargable precisa al objeto de facilitar un aprendizaje
autónomo efectivo.
De acuerdo con lo anterior, dichas acciones tendrán un carácter virtual y no
contarán, de ordinario, con la figura del tutor o profesor, sin perjuicio de los
mecanismos de ayuda que, en su caso, se puedan establecer a través de la
creación de foros o comunidades virtuales de aprendizaje a los que se asocien
las citadas acciones formativas, a través del Campus de Aprendizaje de la
Comunidad de Madrid (forMadrid).
Las acciones formativas que conforman el proyecto de autoformación
comprenden cursos tanto específicamente orientados a la adquisición de nuevos
conocimientos como a la ampliación y actualización de conocimientos ya
adquiridos, así como recursos didácticos innovadores destinados al refuerzo del
aprendizaje.
Cuarto.- Modalidades.
1. Dentro del proyecto de autoformación se distinguen dos modalidades de
agrupan por áreas temáticas:
BOCM-20250110-6
actividades formativas en función del tipo de contenidos, que a su vez se
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Pág. 54
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 8
Segundo.- Destinatarios.
Podrán participar en las actividades formativas integradas dentro del proyecto de
autoformación todos los empleados públicos incluidos en el ámbito del presente
plan, sin perjuicio de que, de manera singularizada, por la especial naturaleza o
peculiaridades propias de alguna de aquéllas, se pueda exigir un perfil específico
determinado.
Tercero.- Características de las acciones formativas.
Con carácter general, las actividades formativas del proyecto de autoformación
estarán compuestas por contenidos multimedia actualizados y, en su caso,
actividades de corrección automática, acompañados cuando proceda de toda la
documentación descargable precisa al objeto de facilitar un aprendizaje
autónomo efectivo.
De acuerdo con lo anterior, dichas acciones tendrán un carácter virtual y no
contarán, de ordinario, con la figura del tutor o profesor, sin perjuicio de los
mecanismos de ayuda que, en su caso, se puedan establecer a través de la
creación de foros o comunidades virtuales de aprendizaje a los que se asocien
las citadas acciones formativas, a través del Campus de Aprendizaje de la
Comunidad de Madrid (forMadrid).
Las acciones formativas que conforman el proyecto de autoformación
comprenden cursos tanto específicamente orientados a la adquisición de nuevos
conocimientos como a la ampliación y actualización de conocimientos ya
adquiridos, así como recursos didácticos innovadores destinados al refuerzo del
aprendizaje.
Cuarto.- Modalidades.
1. Dentro del proyecto de autoformación se distinguen dos modalidades de
agrupan por áreas temáticas:
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actividades formativas en función del tipo de contenidos, que a su vez se