B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250110-6)
Plan de Formación – Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y da publicidad al Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para 2025 y se abre el plazo de presentación de solicitudes de participación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 8
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 55
1. Cursos de autoformación: cursos de formación con contenido equivalente
al de las acciones que se imparten dentro de los programas de formación
reglada, pero adaptados para este sistema de aprendizaje.
2. Microformación: píldoras formativas especialmente diseñadas para la
modalidad de autoformación, que permiten bien adquirir conocimientos de
forma precisa y eminentemente práctica, bien reforzar el proceso de
aprendizaje, a través de la utilización de recursos multimedia en los que
el alumno participa activamente y que son de corta o muy corta duración.
2. Asimismo, estas actividades formativas se pueden clasificar en otros dos
tipos, en función de si son o no susceptibles de la obtención por parte del
alumno de la correspondiente certificación de aprovechamiento:
a) Certificables: actividades formativas en las que el alumno matriculado
puede obtener un certificado de aprovechamiento si cumple con los
requisitos exigidos para ello y supera la prueba de evaluación
correspondiente, conforme se establece en este anexo.
b) No certificables: actividades formativas divulgativas, de refuerzo o de
actualización general cuya realización no supondrá la obtención de
certificado de aprovechamiento.
Quinto.- Oferta formativa.
1. Las actividades del proyecto de autoformación certificables son, inicialmente,
las que constan en el correspondiente apartado del Anexo II de la presente
resolución, con los contenidos y características que para cada una de ellas
figuran en el mismo. Sin embargo, las acciones y recursos no certificables del
proyecto de autoformación, por el contrario, no aparecen recogidos en dicho
Anexo II y son los que se encuentran alojados con tal carácter en el Campus
2. A lo largo del período de efectos de este plan, la oferta formativa integrada
en el proyecto de autoformación se podrá ampliar y completar con las
acciones que, en cada caso, se aprueben mediante resolución de la Dirección
BOCM-20250110-6
de Aprendizaje de la Comunidad de Madrid (forMadrid).
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 8
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 55
1. Cursos de autoformación: cursos de formación con contenido equivalente
al de las acciones que se imparten dentro de los programas de formación
reglada, pero adaptados para este sistema de aprendizaje.
2. Microformación: píldoras formativas especialmente diseñadas para la
modalidad de autoformación, que permiten bien adquirir conocimientos de
forma precisa y eminentemente práctica, bien reforzar el proceso de
aprendizaje, a través de la utilización de recursos multimedia en los que
el alumno participa activamente y que son de corta o muy corta duración.
2. Asimismo, estas actividades formativas se pueden clasificar en otros dos
tipos, en función de si son o no susceptibles de la obtención por parte del
alumno de la correspondiente certificación de aprovechamiento:
a) Certificables: actividades formativas en las que el alumno matriculado
puede obtener un certificado de aprovechamiento si cumple con los
requisitos exigidos para ello y supera la prueba de evaluación
correspondiente, conforme se establece en este anexo.
b) No certificables: actividades formativas divulgativas, de refuerzo o de
actualización general cuya realización no supondrá la obtención de
certificado de aprovechamiento.
Quinto.- Oferta formativa.
1. Las actividades del proyecto de autoformación certificables son, inicialmente,
las que constan en el correspondiente apartado del Anexo II de la presente
resolución, con los contenidos y características que para cada una de ellas
figuran en el mismo. Sin embargo, las acciones y recursos no certificables del
proyecto de autoformación, por el contrario, no aparecen recogidos en dicho
Anexo II y son los que se encuentran alojados con tal carácter en el Campus
2. A lo largo del período de efectos de este plan, la oferta formativa integrada
en el proyecto de autoformación se podrá ampliar y completar con las
acciones que, en cada caso, se aprueben mediante resolución de la Dirección
BOCM-20250110-6
de Aprendizaje de la Comunidad de Madrid (forMadrid).