C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250110-16)
Bases subvenciones – Orden de 27 de diciembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de itinerarios formativos incluidos en el componente 19 “Plan Nacional de Capacidades Digitales”, Inversión 3 “Competencias digitales para el empleo”, objetivo n.o 292.a “Formación digital en el entorno laboral”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en la Comunidad de Madrid y se procede a su convocatoria en el año 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 329
e. Adaptar la formación a los requerimientos y necesidades del mercado de
trabajo. Adquisición de competencias transversales necesarias para el
desempeño adecuado en el entorno y contexto profesional. Hasta 2 puntos
f. Plan para el seguimiento, evaluación, consolidación de los contenidos y apoyo
a los participantes. Asesoramiento personalizado a los alumnospor parte del
tutor-formador de un mínimo de 2 horas de duración por cada acción formativa.
Hasta 2 puntos.
5.º Material virtual de aprendizaje: El material para los participantes de los
itinerarios y acciones formativas mediante el que se imparta la formación se
concretará en un formato multimedia (que mantenga una estructura y
funcionalidad homogénea), estará actualizado y deberá ajustarse a los
elementos de la programación (objetivos y contenidos) que figuran en el anexo
de esta convocatoria. Se valorará el enfoque y la perspectiva de los contenidos
Puntuación máxima 8 puntos.
6.º Incorporación de mejoras en el desarrollo de la formación, que aporten valor
añadido o mejoren la calidad. Puntuación máxima 11 puntos, distribuida de la
siguiente forma:
a. Incorporación de herramientas o tecnologías innovadoras (gamificación) para
el desarrollo e impartición de los itinerarios y acciones formativas. Hasta 3
puntos.
b. Incrementar el número de participantes de los itinerarios para los que se
solicita subvención, respecto de los que constan en el apartado 7.3 de esta
convocatoria, de acuerdo con la siguiente escala:
•
•
•
Incremento del 10%, 1 punto.
Incremento del 20%, 2 puntos.
Incremento del 30%, 3 puntos.
En caso de decimales, se redondeará al entero inferior más próximo.
Este incremento de participantes, no supone un aumento de los importes de la
subvención señalados en el referido apartado 7.3.
c. Incrementar el número de tutores por acción formativa referidos en la cláusula
vigesimotercera:
•
•
Incremento de un tutor formador más, 1 punto.
Incremento de dos tutores formadores más, 2 puntos.
BOCM-20250110-16
d. Dinámicas con expertos en la materia con webinars o eventos de aprendizaje
en vivo. Hasta 3 puntos.
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 329
e. Adaptar la formación a los requerimientos y necesidades del mercado de
trabajo. Adquisición de competencias transversales necesarias para el
desempeño adecuado en el entorno y contexto profesional. Hasta 2 puntos
f. Plan para el seguimiento, evaluación, consolidación de los contenidos y apoyo
a los participantes. Asesoramiento personalizado a los alumnospor parte del
tutor-formador de un mínimo de 2 horas de duración por cada acción formativa.
Hasta 2 puntos.
5.º Material virtual de aprendizaje: El material para los participantes de los
itinerarios y acciones formativas mediante el que se imparta la formación se
concretará en un formato multimedia (que mantenga una estructura y
funcionalidad homogénea), estará actualizado y deberá ajustarse a los
elementos de la programación (objetivos y contenidos) que figuran en el anexo
de esta convocatoria. Se valorará el enfoque y la perspectiva de los contenidos
Puntuación máxima 8 puntos.
6.º Incorporación de mejoras en el desarrollo de la formación, que aporten valor
añadido o mejoren la calidad. Puntuación máxima 11 puntos, distribuida de la
siguiente forma:
a. Incorporación de herramientas o tecnologías innovadoras (gamificación) para
el desarrollo e impartición de los itinerarios y acciones formativas. Hasta 3
puntos.
b. Incrementar el número de participantes de los itinerarios para los que se
solicita subvención, respecto de los que constan en el apartado 7.3 de esta
convocatoria, de acuerdo con la siguiente escala:
•
•
•
Incremento del 10%, 1 punto.
Incremento del 20%, 2 puntos.
Incremento del 30%, 3 puntos.
En caso de decimales, se redondeará al entero inferior más próximo.
Este incremento de participantes, no supone un aumento de los importes de la
subvención señalados en el referido apartado 7.3.
c. Incrementar el número de tutores por acción formativa referidos en la cláusula
vigesimotercera:
•
•
Incremento de un tutor formador más, 1 punto.
Incremento de dos tutores formadores más, 2 puntos.
BOCM-20250110-16
d. Dinámicas con expertos en la materia con webinars o eventos de aprendizaje
en vivo. Hasta 3 puntos.