B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250108-3)
Habilitación lingüística – Resolución conjunta de 19 de diciembre de 2024, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 6
6.2.5. Plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación adjunta de los
candidatos de centros privados concertados
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Concluido dicho plazo, no se admitirá ninguna solicitud que no se haya formalizado en
tiempo y forma, ni modificación alguna de la misma, ni aportación de nueva documentación.
Séptima
7.1. Listas provisionales de admitidos y excluidos.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución
conjunta ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión, en el caso de centros públicos, en el portal de la Comunidad de Madrid en el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licenciaspermisos-carnes/habilitacion-linguistica-c-publicos-25 y, con carácter meramente
informativo y, sin efectos administrativos, en el portal “personal +educación”, siguiendo la
secuencia descrita en la base quinta, y en el caso de centros privados concertados en el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/habilitacionlinguistica-concertados-25
Asimismo, en dichas listas provisionales se hará indicación, en el caso de los admitidos, de aquellos participantes que, cumpliendo alguno de los requisitos establecidos en el
artículo 5 de la Orden 1275/2014, de 11 de abril, se encuentren exentos de la realización de
la primera fase de la prueba descrita en la citada orden.
7.2. Subsanación de la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las
listas provisionales de admitidos y excluidos, los interesados podrán subsanar sus solicitudes, así como los errores o defectos que observen en dichas listas, ante la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en el caso de los profesores de
centros privados concertados, o ante la Dirección General de Recursos Humanos, en el caso
de docentes de centros públicos.
a) Candidatos de centros públicos: Las solicitudes de subsanación o alegaciones a las
listas provisionales de admitidos y excluidos, se realizarán a través de la aplicación “HABI- Habilitaciones bilingües”, disponible en los términos que se especifican en la base quinta, punto 5.1.2, de esta convocatoria, en los plazos que se establezcan. Al acceder a la aplicación, se seleccionará la solicitud sobre la que
subsanar o alegar; a continuación, se describirá la motivación, se aportarán en su
caso los documentos que se consideren y se registrará mediante dicha aplicación,
generando un recibo de presentación, en cuyo margen superior derecho deberá estar consignado el número de registro con fecha y hora.
b) Candidatos de centros privados concertados: Las subsanaciones se presentarán
cumplimentando el escrito “Subsanación de solicitud” que podrán obtener en el
enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisoscarnes/habilitacion-linguistica-concertados-25 , por el procedimiento que se alude en la base quinta, punto 5.2 2 de esta convocatoria.
Si la persona interesada no subsanara el defecto que haya motivado su exclusión u
omisión, se le tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del procedimiento.
7.3. Listas definitivas de admitidos y excluidos.
Revisadas las alegaciones presentadas, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución conjunta aprobando
BOCM-20250108-3
Listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos en el procedimiento
para la obtención de la habilitación lingüística mediante la superación de pruebas
de conocimientos. Subsanaciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 6
6.2.5. Plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación adjunta de los
candidatos de centros privados concertados
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Concluido dicho plazo, no se admitirá ninguna solicitud que no se haya formalizado en
tiempo y forma, ni modificación alguna de la misma, ni aportación de nueva documentación.
Séptima
7.1. Listas provisionales de admitidos y excluidos.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución
conjunta ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión, en el caso de centros públicos, en el portal de la Comunidad de Madrid en el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licenciaspermisos-carnes/habilitacion-linguistica-c-publicos-25 y, con carácter meramente
informativo y, sin efectos administrativos, en el portal “personal +educación”, siguiendo la
secuencia descrita en la base quinta, y en el caso de centros privados concertados en el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/habilitacionlinguistica-concertados-25
Asimismo, en dichas listas provisionales se hará indicación, en el caso de los admitidos, de aquellos participantes que, cumpliendo alguno de los requisitos establecidos en el
artículo 5 de la Orden 1275/2014, de 11 de abril, se encuentren exentos de la realización de
la primera fase de la prueba descrita en la citada orden.
7.2. Subsanación de la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las
listas provisionales de admitidos y excluidos, los interesados podrán subsanar sus solicitudes, así como los errores o defectos que observen en dichas listas, ante la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en el caso de los profesores de
centros privados concertados, o ante la Dirección General de Recursos Humanos, en el caso
de docentes de centros públicos.
a) Candidatos de centros públicos: Las solicitudes de subsanación o alegaciones a las
listas provisionales de admitidos y excluidos, se realizarán a través de la aplicación “HABI- Habilitaciones bilingües”, disponible en los términos que se especifican en la base quinta, punto 5.1.2, de esta convocatoria, en los plazos que se establezcan. Al acceder a la aplicación, se seleccionará la solicitud sobre la que
subsanar o alegar; a continuación, se describirá la motivación, se aportarán en su
caso los documentos que se consideren y se registrará mediante dicha aplicación,
generando un recibo de presentación, en cuyo margen superior derecho deberá estar consignado el número de registro con fecha y hora.
b) Candidatos de centros privados concertados: Las subsanaciones se presentarán
cumplimentando el escrito “Subsanación de solicitud” que podrán obtener en el
enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisoscarnes/habilitacion-linguistica-concertados-25 , por el procedimiento que se alude en la base quinta, punto 5.2 2 de esta convocatoria.
Si la persona interesada no subsanara el defecto que haya motivado su exclusión u
omisión, se le tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del procedimiento.
7.3. Listas definitivas de admitidos y excluidos.
Revisadas las alegaciones presentadas, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución conjunta aprobando
BOCM-20250108-3
Listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos en el procedimiento
para la obtención de la habilitación lingüística mediante la superación de pruebas
de conocimientos. Subsanaciones