C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250107-12)
Pruebas capacitación profesional –  Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se convocan los exámenes del año 2025, para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican y de maquinista y palista minero
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 5

instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican y de maquinistas y palistas
mineros, que se regirán por las bases que se indican a continuación.
BASES DE LAS CONVOCATORIAS
Primera
Normas generales
Se convocan pruebas para la obtención de los carnés profesionales o certificados de
cualificación profesional en materia de seguridad industrial, relativos a instalador, mantenedor u operador en las especialidades que se detallan en los Anexos II, III y V, y de los
carnés de maquinista y palista minero indicados en el Anexo IV.
Segunda
Interesados
2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de o en condiciones de obtener una de las titulaciones que se indican en los correspondientes Anexos referidos a las especialidades convocadas
para instalador o mantenedor.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
b) Haber superado los cursos de formación exigibles previos a la obtención del carné
profesional, lo que deberá acreditarse mediante certificado de la entidad de formación correspondiente, y cumplir los demás requisitos particulares indicados para
el carné de que se trate.
c) Cumplir los demás requisitos particulares indicados en las convocatorias y en la
reglamentación aplicable.
d) Para los maquinistas y palistas mineros deberán reunirse además los requisitos
particulares señalados en el Anexo IV.
e) Para operador de grúa torre y operador de grúa móvil autopropulsada se deberá reunir además los requisitos particulares señalados en el Anexo V.
2.2. Los requisitos establecidos en la base 2.1 de esta convocatoria, para el acceso a las
pruebas deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias.
Tercera
3.1. Las solicitudes se formularán en el modelo recogido en esta convocatoria, que
es de uso obligatorio, y se encuentra a disposición de los interesados en sede electrónica, a
través de los siguientes enlaces, dependiendo de la convocatoria a la que deseen participar:
— Operador industrial de calderas: https://sede.comunidad.madrid/autorizacioneslicencias-permisos-carnes/operador-industrial-calderas-1
— Instalador de gas (IGA, IGB o IGC): https://sede.comunidad.madrid/autorizacioneslicencias-permisos-carnes/instalador-gas-b-c
— Instalador de productos petrolíferos líquidos (I o II) y reparador de productos
petrolíferos líquidos III: https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licenciaspermisos-carnes/productos-petroliferos-i-ii-iii
— Maquinista y palista minero: https://sede.comunidad.madrid/autorizacioneslicencias-permisos-carnes/maquinista-palista-minero-0
— Operador de grúa torre: https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licenciaspermisos-carnes/operador-grua-torre
— Operador de grúa móvil autopropulsada (categorías A y B):
https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisoscarnes/operador-grua-movil-autopropulsada-b
Los solicitantes podrán elegir cualquiera de los siguientes lugares para presentar la
solicitud y la documentación que debe acompañarla:
— Tramitación convencional/en papel: Preferentemente en el Registro de la Consejeria de Economía, Hacienda y Empleo. También se podrán presentar en las Ofici-

BOCM-20250107-12

Solicitudes