Brea de Tajo (BOCM-20241231-24)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 311

MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024

CONCEPTOS

Pág. 207

IMPORTES

Servicio MISECAM recogida de basura

17.070,00 €

Servicio MISECAM recogida Biorresiduos

2.000,00 €

Servicio MISECAM retirada vidrio

1.803,68 €

Servicio MISECAM retirada cartón

11.720,00 €

Servicio de MISECAM lava contenedores

3.300,00 €

Recogida de restos vegetales

2.285,00 €

Reparación de contenedores

1.060,00 €

Recogida del punto limpio

4.600,00 €

Cuota Mancomunidad del Sur entrada vertedero

6.240,00 €

TOTAL COSTE SERVICIO AÑO 2024

50.078,68€

2. Cuota tributaria:
De conformidad con el artículo 7 de esta ordenanza la presente ordenanza la cuota tributaria se calculará aplicando los siguientes coeficientes:
— Coeficiente fijo:
Cuota fija = (coste servicios – subvenciones) / Nº inmuebles
Coste del servicio fijo

13838.68 €

Nº de viviendas, establecimientos

417

IMPORTE DEL COEFICIENTE FIJO

33,18 €

— Coeficiente variable:
NO RESIDENCIAL (7%)

IMPORTE; 6.200 €

Establecimiento
ocio (4%)

Comercios
(3%)

248 €

186 €

RESIDENCIALES
(93%)
5.890 €

OCIO – HOSTELERÍA:
4 % Coste Mancomunidad del Sur

248 €

Nº de establecimientos

3
IMPORTE VARIABLE

82.66 €

Cuota variable ocio: 4% coste Mancomunidad del Sur / Nº establecimientos activos

COMERCIO:
3 % Coste Mancomunidad del Sur

186 €

Nº de establecimientos

4
IMPORTE VARIABLE

46.50 €

Cuota variable comercio: 3% coste Mancomunidad del Sur / Nº establecimientos activos

VIVIENDA:
93 % Coste mancomunidad del Sur
Sumatorio valor catastral (descontando valores de
establecimientos y bares)
Coeficiente variable

5766,00 €
37963836,32
0,00015

Cuota variable viviendas: valor catastral de su inmueble o construcción X coeficiente
variable (0,00015)

2.o Realizar exposición al público del acuerdo provisional de la ordenanza, a través
del Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento de Brea de Tajo, y del BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, con objeto de que, durante el plazo de treinta días, contados
a partir del día siguiente a la inserción de los respectivos anuncios, los interesados puedan
examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.
3.o Finalizado el período de exposición pública, se adoptará el acuerdo definitivo que
procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación de la Ordenanza. En el caso de que no se hubieran pre-

BOCM-20241231-24

— Importe de la tasa: el importe de la tasa o cuota tributaria total será la suma de ambos
coeficientes.