Colmenar Viejo (BOCM-20241231-30)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 311

MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024

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servicio que se lleva a cabo en cada uno de los bienes inmuebles. Así, en los de carácter
residencial se atiende al número de empadronados. Por su parte, en el resto de
inmuebles, sobre la base de los estudios empíricos que se han publicado hasta el
momento, se distingue en función tanto de la actividad económica que se lleva a cabo
como de la extensión de la finca catastral de que se trate.
En consecuencia, con la presente ordenanza fiscal se da cumplimiento al mandato legal
citado, por medio de una tasa que conjuga el principio constitucional de capacidad
económica con la finalidad medioambiental que la Ley 7/2022 persigue.

Capítulo 1. Fundamento y objeto

Artículo 1. Fundamento
En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local; en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular; y de conformidad con lo establecido en los artículos 20 a 27 del texto
refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se establece la "Tasa por el servicio de
recogida, transporte y tratamiento de residuos urbanos", que se regirá por la presente
ordenanza fiscal.

Artículo 2. Objeto
1. Será objeto de esta tasa, tanto la prestación del servicio de competencia municipal de
recogida de basuras domiciliarias o residuos sólidos urbanos, como otros asimilables a
ellos, así como su transporte, tratamiento y/o transformación. De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local, se trata de un servicio de prestación obligatoria para el ayuntamiento y
de recepción coactiva para los administrados.
2. Por el contrario, no será objeto de esta tasa la prestación de cualesquiera otros

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servicios de recogida de residuos, de carácter voluntario y a instancia de parte, por no