Getafe (BOCM-20241231-37)
Organización y funcionamiento. Ordenanza residuos y limpieza viaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024
Art. 18. Recogida de vidrio..—1. Los ciudadanos, comercios que generen residuos
domésticos y los servicios y empresas que generen residuos domésticos siempre que no
sean resultante de su actividad deberán separar los residuos de envases de vidrio para:
a. Retornar a los distribuidores o a los sistemas de RAP los residuos de envases comerciales sujetos al sistema de depósito, devolución y retorno.
b. Depositarlos en los contenedores identificados a tal fin.
c. Entregarlos directamente a gestores autorizados salvo justificación motivada por
el Ayuntamiento o sus entidades dependientes.
2. En el caso de botellas, botes y otros recipientes, los ciudadanos, comercios, servicios y empresas deberán vaciar estos recipientes con el objeto de eliminar los restos de sustancias que pudieran quedar, así como separa las tapas metálicas u otros residuos de materiales diferentes al vidrio, que inicialmente fueran parte del envase y depositarlos en los
contenedores correspondientes.
3. El Ayuntamiento de Getafe o sus entidades dependientes establecerán medidas de
acuerdo con los comercios, servicios e industrias para la reducción del uso de envases superfluos. Asimismo, en los establecimientos del sector hostelería y restauración se tendrá que
ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de agua
no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.
4. El Ayuntamiento de Getafe y o sus entidades dependientes fomentarán el consumo de agua no envasada en sus dependencias y otros espacios públicos para evitar el consumo de envases superfluos.
Art. 19. Recogida de envases plásticos, metálicos y cartón para bebidas tipo brik.—1.
Los ciudadanos, comercios que generen residuos domésticos y los servicios y empresas que
generen residuos asimilables a domésticos siempre que no sean resultantes de su actividad
deberán además de separar sus residuos de plástico, metales y cartón para bebidas tipo brik:
a. Retornar a los distribuidores o a los sistemas de RAP los residuos de envases comerciales sujetos al sistema de depósito, devolución y retorno.
b. Depositarlos en los contendedores identificados a tal fin
c. Entregarlos directamente a gestores autorizados salvo justificación motivada por
el Ayuntamiento o sus entidades dependientes.
2. En el caso de botellas, botes y otros recipientes, los ciudadanos, comercios, servicios y empresas deberán vaciar estos recipientes con el objeto de eliminar los restos de sustancias que pudieran quedar.
3. El Ayuntamiento de Getafe o sus entidades dependientes establecerá medidas
de acuerdo con los comercios, servicios e industrias para la reducción del uso de envases superfluos.
a. En los establecimientos del sector hostelería y restauración se tendrá que ofrecer
siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de
agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.
b. Se deberá informar sobre la disponibilidad de uso de recipientes reutilizables por
parte del comercio, así como sobre la posibilidad de uso de recipientes reutilizables por parte del consumidor, en especial los establecimientos de alimentación
que vendan a granel alimentos y bebidas, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento. Los recipientes de los clientes podrán ser rechazados por el comerciante si están manifiestamente sucios o no son adecuados para
el uso como recipientes reutilizables.
c. Los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400
metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de
productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.
4. Los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos, tanto los privados
como los que cuenten con el apoyo del Ayuntamiento o sus entidades dependientes en el
patrocinio, la organización o en cualquier otra fórmula, implantarán alternativas a la venta
y la distribución de bebidas en envase y vasos de un solo uso, garantizando además el acceso a agua potable no envasada.
5. El Ayuntamiento de Getafe y sus entidades dependientes fomentarán el consumo
de agua no envasada en sus dependencias y otros espacios públicos para evitar el consumo
de envases superfluos.
Pág. 259
BOCM-20241231-37
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024
Art. 18. Recogida de vidrio..—1. Los ciudadanos, comercios que generen residuos
domésticos y los servicios y empresas que generen residuos domésticos siempre que no
sean resultante de su actividad deberán separar los residuos de envases de vidrio para:
a. Retornar a los distribuidores o a los sistemas de RAP los residuos de envases comerciales sujetos al sistema de depósito, devolución y retorno.
b. Depositarlos en los contenedores identificados a tal fin.
c. Entregarlos directamente a gestores autorizados salvo justificación motivada por
el Ayuntamiento o sus entidades dependientes.
2. En el caso de botellas, botes y otros recipientes, los ciudadanos, comercios, servicios y empresas deberán vaciar estos recipientes con el objeto de eliminar los restos de sustancias que pudieran quedar, así como separa las tapas metálicas u otros residuos de materiales diferentes al vidrio, que inicialmente fueran parte del envase y depositarlos en los
contenedores correspondientes.
3. El Ayuntamiento de Getafe o sus entidades dependientes establecerán medidas de
acuerdo con los comercios, servicios e industrias para la reducción del uso de envases superfluos. Asimismo, en los establecimientos del sector hostelería y restauración se tendrá que
ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de agua
no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.
4. El Ayuntamiento de Getafe y o sus entidades dependientes fomentarán el consumo de agua no envasada en sus dependencias y otros espacios públicos para evitar el consumo de envases superfluos.
Art. 19. Recogida de envases plásticos, metálicos y cartón para bebidas tipo brik.—1.
Los ciudadanos, comercios que generen residuos domésticos y los servicios y empresas que
generen residuos asimilables a domésticos siempre que no sean resultantes de su actividad
deberán además de separar sus residuos de plástico, metales y cartón para bebidas tipo brik:
a. Retornar a los distribuidores o a los sistemas de RAP los residuos de envases comerciales sujetos al sistema de depósito, devolución y retorno.
b. Depositarlos en los contendedores identificados a tal fin
c. Entregarlos directamente a gestores autorizados salvo justificación motivada por
el Ayuntamiento o sus entidades dependientes.
2. En el caso de botellas, botes y otros recipientes, los ciudadanos, comercios, servicios y empresas deberán vaciar estos recipientes con el objeto de eliminar los restos de sustancias que pudieran quedar.
3. El Ayuntamiento de Getafe o sus entidades dependientes establecerá medidas
de acuerdo con los comercios, servicios e industrias para la reducción del uso de envases superfluos.
a. En los establecimientos del sector hostelería y restauración se tendrá que ofrecer
siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de
agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.
b. Se deberá informar sobre la disponibilidad de uso de recipientes reutilizables por
parte del comercio, así como sobre la posibilidad de uso de recipientes reutilizables por parte del consumidor, en especial los establecimientos de alimentación
que vendan a granel alimentos y bebidas, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento. Los recipientes de los clientes podrán ser rechazados por el comerciante si están manifiestamente sucios o no son adecuados para
el uso como recipientes reutilizables.
c. Los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400
metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de
productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.
4. Los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos, tanto los privados
como los que cuenten con el apoyo del Ayuntamiento o sus entidades dependientes en el
patrocinio, la organización o en cualquier otra fórmula, implantarán alternativas a la venta
y la distribución de bebidas en envase y vasos de un solo uso, garantizando además el acceso a agua potable no envasada.
5. El Ayuntamiento de Getafe y sus entidades dependientes fomentarán el consumo
de agua no envasada en sus dependencias y otros espacios públicos para evitar el consumo
de envases superfluos.
Pág. 259
BOCM-20241231-37
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