C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241230-20)
Normas reguladoras subvenciones –  Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 310

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Aplicación requisitos específicos para la segunda línea
El requisito establecido para la segunda línea, referido al encuadramiento en los grupos
de cotización uno y dos de las personas contratadas por la solicitante para realizar el asesoramiento objeto de la subvención será exigido para las solicitudes presentadas a partir del 1 de
enero de 2027 referidas a los gastos de personal contratado durante todo el año natural 2026.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Régimen transitorio
La tramitación de las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de
esta norma se sustanciará de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en la fecha
de presentación de la solicitud.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Alcance y consecuencias de la derogación
Queda derogado el Acuerdo de 10 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
TÍN

El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
NORMAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
DIRECTA DE LAS SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO
DEL EMPRENDIMIENTO COLECTIVO

Artículo 1
1. El objeto de las subvenciones reguladas en el presente Acuerdo es fomentar el emprendimiento colectivo en la Comunidad de Madrid mediante la concesión de ayudas que
cubran parte de los gastos iniciales necesarios para la constitución de cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, parte de las inversiones necesarias para la creación
de cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, o para su ampliación y desarrollo, y que subvencionen además la incorporación de socios a las empresas de la economía social, en concreto, cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.
Asimismo, las presentes subvenciones tienen por objeto complementar el servicio de
asesoramiento empresarial que la Comunidad de Madrid presta a los madrileños, de la
mano de las propias asociaciones de los autónomos y de la economía social de la región,
permitiendo dar a conocer las ventajas del emprendimiento colectivo y los beneficios de las
distintas fórmulas de la economía social.
El Programa consta de cuatro líneas:
— Línea 1a Apoyo a los gastos de creación de nuevas cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.
— Línea 2a Apoyo al servicio de asesoramiento de las asociaciones de autónomos y
de la economía social.
— Línea 3a Financiación de inversiones necesarias para la creación de cooperativas,
sociedades laborales y empresas de inserción, así como para su ampliación y desarrollo.
— Línea 4a Apoyo a la incorporación de socios a las empresas de la economía social.

BOCM-20241230-20

Objeto y financiación