C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241230-20)
Normas reguladoras subvenciones –  Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 310

Artículo 10
1. Las solicitudes relativas a la primera línea, irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Formulario correspondiente a línea primera de subvenciones debidamente cumplimentado y firmado acompañado del NIF de la entidad (Anexo I).
b) Escritura de constitución y/o estatutos de la entidad solicitante, que acrediten su
domicilio social y la potestad de la persona que actúa y que firma la solicitud, así
como acreditación de su inscripción en el Registro público que corresponda.
c) Poder notarial que acredite la representación legal o autorización del solicitante,
acompañado del DNI/NIE del representante. En el caso de que la representación
fuese mancomunada, deberá cumplimentarse el Anexo VIII.
d) Documento en el que se relacionen todas las facturas a aportar por el solicitante
para justificar la actividad subvencionada (Anexo III).
e) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (Modelo 037 o 036). Casilla 411
o 419 cumplimentada.
f) Certificado de la Agencia Tributaria referido a los períodos de altas y bajas en el
Impuesto de Actividades Económicas.
g) En el caso de la contratación de Directores o Gerentes, nóminas referidas al período subvencionable sobre el que se solicita la ayuda.
h) Documentación acreditativa de la condición de director o gerente de la entidad solicitante.
i) Resolución de alta en el Régimen General de la Seguridad Social o certificado asimilable, en relación a los socios constituyentes respecto de los cuales se solicite
subvención por los gastos de Seguridad Social.
j) Documentación acreditativa de los gastos a través de las facturas correspondientes
y los pagos realizados de las mismas, mediante transferencia o tarjeta bancaria,
que justifiquen el importe de la subvención concedida. Los costes subvencionables deben ser los necesarios para la constitución de la cooperativa o de la sociedad laboral, o para la calificación de la empresa de inserción, y responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.
k) Recibo de liquidación de cotizaciones pagadas, así como la Relación nominal de
trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, correspondiente a los
socios constituyentes de la entidad, así como a los Directores o Gerentes contratados, en relación a los meses respecto de los cuales se solicita la subvención.
l) Las facturas deberán cumplir los requisitos exigidos para su validez en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación, debiendo constar en ellas los siguientes
datos: Número de orden, fecha de expedición, identificación (nombre y apellidos o
razón social), dirección y NIF del expedidor, identificación (nombre y apellidos
o razón social), dirección y NIF del destinatario, desglose y desagregación económica de los conceptos incluidos, así como el detalle de base imponible e IVA aplicado. En el caso de estar exenta de IVA deberá acreditarse este extremo.
Las facturas deberán acompañarse del justificante de pago correspondiente mediante la aportación del extracto o certificado de la entidad financiera en el que deberá figurar el beneficiario como titular de la cuenta de origen y el emisor de la
factura como destinatario de la transferencia. En el caso de tarjeta bancaria, se
debe adjuntar el extracto del banco en el que figure que el pago se ha realizado.
Al tratarse de gastos necesarios para la creación de cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, y puesto que algunos gastos serán realizados previamente a la constitución de la entidad, no será necesario que el nombre del beneficiario de la subvención coincida con el nombre del pagador de la factura,
siempre que dicha persona aparezca como representante legal de la misma una vez
constituida o calificada la entidad y siempre que dicho gasto se corresponda con
uno de aquellos necesarios para la puesta en marcha de la entidad.
m) Memoria justificativa de la actividad a desarrollar y del tipo de entidad creada, según el modelo que figura como Anexo IV.
n) Documentación que justifique el cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en el artículo 3 del presente acuerdo.

BOCM-20241230-20

Documentación que debe acompañarse a la solicitud