A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20241230-1)
Ley –  Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 310

LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

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DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCTAVA
Régimen jurídico del Consorcio Institución Ferial de Madrid
El Consorcio Institución Ferial de Madrid (IFEMA), adscrito a la Comunidad de
Madrid, se regirá por lo previsto en su propio Estatuto en virtud de lo establecido en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización
y sostenibilidad de la Administración Local. En tanto cumpla las condiciones fijadas en dicha disposición, no le será de aplicación lo establecido para los consorcios en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA
Adecuación a la normativa básica estatal
1. La aplicación de las normas de la presente ley se adecuará en las materias afectadas a las disposiciones que, con carácter básico, se dicten por el Estado y, en especial, las
relativas a incremento retributivo, oferta de empleo público, tasa de reposición de efectivos
y su cálculo, y sectores prioritarios.
2. En materia retributiva, se habilita al Consejo de Gobierno para adoptar las decisiones que procedan en esta materia, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, en el marco de la política económica autonómica.
DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA
Modificación de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural
de la Comunidad de Madrid.
Durante el año 2025, se suspende la vigencia del artículo 97.1 de la Ley 8/2023, de 30
de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGESIMOPRIMERA
Transformación del Centro de Transportes de Coslada, S. A.
El titular de la Consejería competente en materia de Transportes promoverá la transformación del Centro de Transportes de Coslada S.A. en la Agencia Logística de la Comunidad de Madrid, con el objeto de dar adecuada cobertura a las nuevas necesidades logísticas de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGESIMOSEGUNDA
Información sobre sentencias judiciales
El titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo remitirá trimestralmente
a la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea, en el plazo máximo de tres meses desde el vencimiento del trimestre anterior, un informe sobre los pleitos judiciales en
los que haya recaído sentencia firme cuya cuantía sea superior a diez millones de euros. En
el informe se indicará fecha, demandante, importe y estado, así como sección, programa y
subconcepto presupuestario en el que se haga efectiva la citada sentencia.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Se deroga la disposición adicional tercera de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público.

BOCM-20241230-1

Derogación normativa