A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20241230-1)
Ley –  Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025
986 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 310

4. La Intervención General de la Comunidad de Madrid establecerá los procedimientos a aplicar para la selección, identificación y tratamiento de la muestra de manera que se
garantice la fiabilidad y la objetividad de la información y propondrá la toma de decisiones
que puedan derivarse del ejercicio de esta función.
5. Durante 2025, el ejercicio de la función interventora para la contratación de personal laboral temporal y para el nombramiento de funcionarios interinos de cuerpos docentes adscritos a centros públicos docentes no universitarios dependientes de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades se producirá en el momento de la inclusión de dichos
contratos y nombramientos en nómina.
6. Durante 2025, no estarán sometidas a intervención previa las ayudas económicas
gestionadas por el Fondo de Emergencia regulado en el artículo 18.2 de la Ley 5/2005, de
20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. Su
control se efectuará de acuerdo con los procedimientos y en la forma que se determine por
la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
7. Durante 2025, el ejercicio de la función interventora para la contratación laboral
de personal temporal de la Agencia Madrileña de Atención Social se producirá en el momento de la inclusión de los contratos en nómina.
8. Durante el ejercicio 2025, las cuantías mínimas para solicitar designación de representante de la Intervención en todo tipo de contratos, subvenciones y convenios serán
las correspondientes al importe del contrato menor de obras (IVA excluido) regulado por
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. En aquellos casos en los que el beneficiario de una subvención, firmante del convenio o el contratista sea una persona física,
dicho límite se establece en 30.000 euros (IVA excluido).
Artículo 73
Importe de la prestación de la Renta Mínima de Inserción para 2025
Con efectos 1 de enero de 2025, el importe de la Renta Mínima de Inserción se fija en
las siguientes cuantías:
a) Importe de la prestación mensual básica: 469,93 euros.
b) Complemento por el primer miembro adicional de la unidad de convivencia:
117,48 euros.
c) Complemento por cada uno de los miembros siguientes de la unidad de convivencia: 75,11 euros.
El tope máximo será el establecido en el artículo 10.4 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, esto es, el Salario Mínimo Interprofesional.
Artículo 74

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.3 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, con efectos a partir de 1 de enero de 2025, el importe de la prestación
económica para apoyar el acogimiento familiar de menores de la Comunidad de Madrid recogida en el Decreto 44/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores de la Comunidad de Madrid, se fija en las siguientes cuantías:
a) Por acogimiento de carácter general: 400 euros mensuales por menor en acogida.
b) Por acogimiento de carácter especial: 600 euros mensuales por menor en acogida.
c) Por integración en el Programa de Acogimiento de Urgencia: 1.600 euros mensuales.

BOCM-20241230-1

Importe de la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores
de la Comunidad de Madrid para 2025