A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20241230-1)
Ley –  Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025
986 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 32

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 310

Artículo 11
Plan de actuaciones integrales línea 7b Metro
Los créditos para actuaciones incluidas en el Plan de actuaciones integrales para las
afecciones derivadas de las obras de la línea 7b de Metro que se relacionan en el anexo V
no podrán minorarse durante el ejercicio 2025, excepto para incrementar otra actuación incluida en el citado Plan.

BOCM-20241230-1

485 “A centros docentes no universitarios”.
752 “Universidades públicas: otras actuaciones”.
782 “Investigación”.
5. Durante 2025, serán vinculantes a nivel de subconcepto:
a) Los distintos subconceptos incluidos en el artículo 89 “Aportaciones a empresas y
entes públicos”, 24 “Servicios Nuevos” y 69 “Servicios Nuevos”.
b) Los subconceptos incluidos en el artículo 15 “Incentivos al rendimiento”.
c) Los créditos destinados a financiar el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid, en concreto, los subconceptos:
22716 “Trabajos apoyo técnico con entidades colaboradoras. Programas de
inversión y servicios”.
22719 “Trabajos de apoyo técnico con medios propios. Programas de inversión
y servicios”.
46300 “Programas de Inversión y Servicios”.
62900 “Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios”.
62905 “Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios: Obras Supramunicipales”.
65003 “Encargos de Programas de Inversión y Servicios a Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA)”.
65099 “Encargos de Programas de Inversión y Servicios a otras Empresas con
la consideración de medios propios de la Comunidad de Madrid”.
76300 “Programas de Inversión y Servicios”.
d) Los créditos destinados a financiar los mandatos realizados a la empresa pública
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A, en concreto, los subconceptos
61203 “Patrimonio histórico-artístico y cultural: mandato empresa pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A.”; 62105 “Construcción de edificios:
mandato empresa pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A.”
y 63104 “Reposición o mejora edificios: mandato empresa pública Planifica
Madrid, Proyectos y Obras, M.P, S.A.”.
e) Los siguientes subconceptos:
12401 “Retribuciones funcionarios interinos sin adscripción a puesto de trabajo”.
12600 “Funcionarios docentes con permiso parcialmente retribuido”.
13106 “Retribuciones básicas laboral eventual sustitución liberados sindicales”.
14300 “Funcionarios interinos de justicia”.
16002 “Cuotas Sociales Alumnos en prácticas no remuneradas”.
16200 “Formación y perfeccionamiento del personal”.
20200 “Arrendamiento edificios y otras construcciones”.
22601 “Atenciones protocolarias y representativas”.
22602 “Divulgación y publicaciones”.
48311 “Ayudas a víctimas del terrorismo”.
62104 “Viviendas Agencia Vivienda Social Comunidad de Madrid”.
6. La adscripción de programas a cada sección es la que se recoge en el anexo I de
esta ley.
7. La creación de nuevos elementos de la clasificación económica, según cuál sea el
nivel de vinculación jurídica de los créditos, se realizará mediante orden del titular de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, que informará trimestralmente a la Comisión
de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea.
8. Sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en este artículo para el resto de capítulos de la clasificación económica del presupuesto de gastos, el nivel de vinculación jurídica del capítulo 1 en el Servicio Madrileño de Salud se regirá por lo dispuesto en el artículo 54 de esta Ley.