C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241228-1)
Convenio colectivo – Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte (Código número 28103952012024)
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 309
Además, la Mancomunidad tomará una póliza de seguro de responsabilidad civil que asegure a todo
el personal incluido en este convenio cuya garantía y capital asegurado por persona trabajadora será
de 300.000 euros.
Artículo 36. Teletrabajo en caso de avería de vehículo propio utilizado para la prestación de
servicios.
Aquellos/as trabajadores/as que, con motivo de su trabajo se les exija la utilización de vehículo
propio, en caso de avería o siniestro del mismo, podrá teletrabajar durante un máximo de 10 días
consecutivos, debiendo justificar documentalmente a la Mancomunidad la existencia de la avería o
siniestro del citado vehículo.
CAPITULO VIII. Sistemas de acceso.
Artículo 37. Acceso.
La selección del personal laboral permanente de nuevo ingreso se realizará por convocatoria pública
de las plazas vacantes y mediante el sistema de concurso-oposición. Las normas de cada concursooposición se pactan entre la Mancomunidad y los representantes de los y las trabajadores/as.
Para la contratación de personal temporal la Mancomunidad contará con una bolsa de empleo que
se actualizará bianualmente.
Artículo 38. Promoción.
Con objeto de facilitar la promoción y salvaguardar el principio de igualdad de oportunidades en las
empresas, las vacantes y las plazas de nueva creación en las mismas se cubrirán mediante
concursos-oposiciones que mantendrán el criterio de la no discriminación. A dicho concurso podrán
presentarse todos/as los/as trabajadores/as de plantilla que tengan, al menos, una categoría
inmediatamente inferior a la plaza convocada y una antigüedad de seis meses, como mínimo, en su
propia categoría.
El comité de empresa o delegados/as de personal formarán parte de la comisión de calificación que
se constituya para velar por el cumplimiento de las normas previamente acordadas por los concursos,
y el procedimiento de actuación deberá seguir las siguientes fases:
a) Publicación de la convocatoria, en donde consten las condiciones exigidas.
b) Concesiones de un plazo de inscripción no menor a quince días laborables.
c) Inscripción por escrito de las solicitudes.
Artículo 39. Formación.
La Mancomunidad, en colaboración con la representación de personal, promoverá la realización de
cursos de formación para todos los trabajadores y todas las trabajadoras.
Anualmente se formalizará entre representación legal de las personas trabajadoras y la
Mancomunidad un plan de formación para todo el personal.
Formación interna:
Se reconoce por ambas partes la necesidad de reciclaje, formación y perfeccionamiento profesional
de los trabajadores y las trabajadoras de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte. Para ello se
fija la cantidad de al menos 40 horas anuales retribuidas de formación interna.
La realización de cursos de carácter obligatorio llevará implícito el abono de los gastos de
desplazamiento siempre que se realice fuera del centro de trabajo. En caso de que varios/as
trabajadores/as de una misma categoría profesional soliciten la asistencia a un mismo curso y no
sea posible por necesidades del servicio que todos lo cursen, se resolverá mediante sorteo en
comisión paritaria.
En los casos en los que sea la propia Mancomunidad quien designe a algún trabajador o alguna
trabajadora para la realización de formación, los gastos derivados de la misma, así como las dietas
y kilometrajes que se pudieran originar serán abonados por la Mancomunidad.
BOCM-20241228-1
Dicha formación se realizará en horario laboral y tendrá que estar relacionada con el puesto de
trabajo.
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 309
Además, la Mancomunidad tomará una póliza de seguro de responsabilidad civil que asegure a todo
el personal incluido en este convenio cuya garantía y capital asegurado por persona trabajadora será
de 300.000 euros.
Artículo 36. Teletrabajo en caso de avería de vehículo propio utilizado para la prestación de
servicios.
Aquellos/as trabajadores/as que, con motivo de su trabajo se les exija la utilización de vehículo
propio, en caso de avería o siniestro del mismo, podrá teletrabajar durante un máximo de 10 días
consecutivos, debiendo justificar documentalmente a la Mancomunidad la existencia de la avería o
siniestro del citado vehículo.
CAPITULO VIII. Sistemas de acceso.
Artículo 37. Acceso.
La selección del personal laboral permanente de nuevo ingreso se realizará por convocatoria pública
de las plazas vacantes y mediante el sistema de concurso-oposición. Las normas de cada concursooposición se pactan entre la Mancomunidad y los representantes de los y las trabajadores/as.
Para la contratación de personal temporal la Mancomunidad contará con una bolsa de empleo que
se actualizará bianualmente.
Artículo 38. Promoción.
Con objeto de facilitar la promoción y salvaguardar el principio de igualdad de oportunidades en las
empresas, las vacantes y las plazas de nueva creación en las mismas se cubrirán mediante
concursos-oposiciones que mantendrán el criterio de la no discriminación. A dicho concurso podrán
presentarse todos/as los/as trabajadores/as de plantilla que tengan, al menos, una categoría
inmediatamente inferior a la plaza convocada y una antigüedad de seis meses, como mínimo, en su
propia categoría.
El comité de empresa o delegados/as de personal formarán parte de la comisión de calificación que
se constituya para velar por el cumplimiento de las normas previamente acordadas por los concursos,
y el procedimiento de actuación deberá seguir las siguientes fases:
a) Publicación de la convocatoria, en donde consten las condiciones exigidas.
b) Concesiones de un plazo de inscripción no menor a quince días laborables.
c) Inscripción por escrito de las solicitudes.
Artículo 39. Formación.
La Mancomunidad, en colaboración con la representación de personal, promoverá la realización de
cursos de formación para todos los trabajadores y todas las trabajadoras.
Anualmente se formalizará entre representación legal de las personas trabajadoras y la
Mancomunidad un plan de formación para todo el personal.
Formación interna:
Se reconoce por ambas partes la necesidad de reciclaje, formación y perfeccionamiento profesional
de los trabajadores y las trabajadoras de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte. Para ello se
fija la cantidad de al menos 40 horas anuales retribuidas de formación interna.
La realización de cursos de carácter obligatorio llevará implícito el abono de los gastos de
desplazamiento siempre que se realice fuera del centro de trabajo. En caso de que varios/as
trabajadores/as de una misma categoría profesional soliciten la asistencia a un mismo curso y no
sea posible por necesidades del servicio que todos lo cursen, se resolverá mediante sorteo en
comisión paritaria.
En los casos en los que sea la propia Mancomunidad quien designe a algún trabajador o alguna
trabajadora para la realización de formación, los gastos derivados de la misma, así como las dietas
y kilometrajes que se pudieran originar serán abonados por la Mancomunidad.
BOCM-20241228-1
Dicha formación se realizará en horario laboral y tendrá que estar relacionada con el puesto de
trabajo.