Ciempozuelos (BOCM-20241227-79)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 566

VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 308

basuras, en las calles o lugares en donde se hallen situados los locales, establecimientos o
viviendas. A estos efectos resulta intrascendente que una determinada vivienda, local o
establecimiento se halle desocupado porque el devengo se produce no solo cuando efectivamente se reciba el servicio sino también cuando exista la posibilidad de recibirlo.
En los supuestos de inicio o cese en el uso del servicio o actividad, el período impositivo se ajustará con el prorrateo de la cuota por trimestres naturales.
En el caso de alta la cuota prorrateada se calculará incluyendo el trimestre en el que se
produce el comienzo o inicio. En el caso de baja se excluirá el trimestre en el que se produce el cese.
Artículo cinco. Cuota.—1. Residuos domésticos:
USO

VALOR CATASTRAL
De 0€ a 79.999€

Residencial (V)

CUOTA
130,00 €

De 80.000€ a 100.000€

140,00 €

De 100.001€ a 200.000€

160,00 €

> 200.000€

180,00 €

2. Residuos comerciales, restauración y bares, oficinas, mercados y resto del sector
servicios y actividades económicas:
METROS CUADRADOS
De 0m² a 60m²
Almacén Residencial

Almacén Industrial

Oficinas

Deportivo

Cultural

Religioso

Industrial

Comercial

Ocio y Hostelería

Espectáculos

15,00 €

De 61m² a 150m²

60,00 €

De 151m² o más

100,00 €

De 0m² a 60m²

25,00 €

De 61m² a 150m²

60,00 €

De 151m² o más

100,00 €

De 0m² a 60m²

200,00 €

De 61m² a 150m²

300,00 €

De 151m² o más

400,00 €

De 0m² a 60m²

200,00 €

De 61m² a 150m²

300,00 €

De 151m² o más

400,00 €

De 0m² a 60m²

200,00 €

De 61m² a 150m²

300,00 €

De 151m² o más

400,00 €

De 0m² a 60m²

200,00 €

De 61m² a 150m²

300,00 €

De 151m² o más

400,00 €

De 0 m² a 150m²

700,00 €

De 151 m² a 350m²

800,00 €

De 351 m² o más

950,00 €

De 0 m² a 150m²

700,00 €

De 151 m² a 350m²

800,00 €

De 351 m² o más

950,00 €

De 0 m² a 150m²

700,00 €

De 151 m² a 350m²

800,00 €

De 351 m² o más

950,00 €

De 0 m² a 150m²

700,00 €

De 151 m² a 350m²

800,00 €

De 351 m² o más

950,00 €

De 0 m² a 150m²
Sanidad y Beneficencia

CUOTA

500,00 €

De 151 m² a 350m²

1.500,00 €

De 351 m² o más

3.400,00 €

Artículo seis. Reducciones de la cuota.—De conformidad con el artículo 11 de la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular se
establecen las siguientes reducciones de la cuota de la tasa:
1. Reducción del 10% de la cuota en el supuesto de residuos domésticos generados
por inmuebles de uso residencial cuando el sujeto pasivo obtenga el reconocimiento municipal como generador de compostaje doméstico.

BOCM-20241227-79

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